LAS CASAS AISLADAS EN SUELO NO URBANIZABLE PODRÁN SEGUIR EN PIE

“Noticias y Actualidad”

La proliferación de viviendas en suelo no urbanizable en los últimos años ha sido exponencial. La Junta de Andalucía trata de dar respuesta a esta situación con un decreto que se está tramitando actualmente y que recoge la siguiente noticia publicada en el País Digital:

El decreto sobre las casas levantadas sin permisos que tramita la Junta fija los requisitos que permitirán que las viviendas aisladas construidas en el suelo no urbanizable contraviniendo el ordenamiento urbanístico que tengan más de cuatro años, siempre que no ocupen espacios especialmente protegidos, puedan continuar en pie y ser usadas.. El decreto parte del planteamiento de que una cosa es dar respuesta y poner orden a una realidad sobrevenida y otra legalizar lo que la ley no permite.

Estas casas serán toleradas (los Ayuntamientos concederán una resolución de reconocimiento) y quedarán en una situación de asimiladas al régimen de fuera de ordenación. Ello significa que el reconocimiento no implica la legalización de la edificación, de forma que no podrán obtener licencia de primera ocupación ni tendrán derechos reconocidos ante posibles procedimientos administrativos (expropiaciones o deslindes, por ejemplo) y penales.

Panoramica de la Axarquia. FUENTE: diariosur.es
Panoramica de la Axarquia. FUENTE: diariosur.es

Entre las condiciones de habitabilidad se incluye que las viviendas tengan suministros de servicios básicos. Cuando sea imposible acceder a las redes generales de abastecimiento de estos, deberá resolverse con instalaciones autónomas y sujetas a autorizaciones ambientales y siempre costeadas por los propietarios.

El plazo de cuatro años atrás que delimita las viviendas que pueden acceder a este reconocimiento viene dado porque es el periodo en el que, según la legislación, prescribe el plazo en el que la Administración puede intervenir para expedientar las construcciones aisladas en suelo no urbanizable y requerir la reposición de la realidad física alterada, salvo que estén en suelos protegidos o afectados por riesgos naturales, que no caducan nunca.

Cuando entre en vigor el decreto que la Junta comenzó a tramitar el 6 de julio, solo quedarán expuestas a una condena de demolición las viviendas que ocupen suelos especialmente protegidos por el ordenamiento o normas sectoriales y las que no tramiten y cumplan los requisitos de estos permisos de reconocimiento.

Se estima que la inmensa mayoría de las casas de campo ahora en un limbo jurídico podrán regularizarse por esta vía. Solo en las comarcas de la Axarquía y Valle del Almanzora, donde la Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha realizado un censo de construcciones en suelo no urbanizable, se han identificado 25.457 casas, de las que el 89% son susceptibles de reconocimiento según los requisitos del borrador del decreto. En el conjunto de Andalucía se estima que existen entre 300.000 y 500.000.

El fenómeno es complejo. El borrador del decreto contempla una variada gama de situaciones para las que propone distintas respuestas. En función de la implantación de las edificaciones, se distinguen tres tipos: asentamientos urbanísticos, hábitat rural diseminado y las mencionadas construcciones aisladas.

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SOLUCIONES A LA DEMOLICIÓN DE EDIFICACIONES EN SUELO NO URBANIZABLE

«El Territorio Comprometido»

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda está preparando un decreto en el que fijará los criterios a seguir con las viviendas en suelo no urbanizable y fuera de ordenación. Las medidas propuestas son:

  1. Las que puedan legalizarse e incluirse al planeamiento urbanístico general del municipio, serán incorporadas con todas sus consecuencias, es decir, asumiendo los gastos de urbanización y tributando las correspondientes plusvalías.
  2. Las que puedan obtener un permiso de mínimos, subsistirán aunque fuera de ordenación.
  3. Y las que no puedan legalizarse en ningún caso, por afectar a suelo especialmente protegido o que incumplan alguna normativa sectorial, especialmente de medio ambiente o Costas, serán abocadas a la demolición.

Estas son las soluciones que se barajan, lo que debería ser compatible con las exigencias de no suponer ningún coste para las arcas públicas y no atentar contra los intereses de los ciudadanos que han comprado una vivienda legal y tributan por ello.

Para ver  el texto integro publicado en el diario El Pais: (Pincha Aquí)

Hasta aquí totalmente de acuerdo con las pretensiones del futuro decreto. Pero personalmente creo que los intereses de los que han adquirido una vivienda en condiciones legales ya se encuentran dañados, pues proveer de servicios a estas localizaciones dispersas ha encarecido groseramente los costes que deben pagar todos (los que han adquirido viviendas legales y los que no), por más que las infraestructuras las hayan sufragado sus propietarios (que no en todos los casos ha sido así).

Ejemplo de Diseminado en Area Rural
Ejemplo de Diseminado en Area Rural

Un ejemplo de ello es el incremento de la factura de la luz, en parte debido a este tema, pues no sólo ha supuesto el despliegue de ramales poco rentables, sino que además incrementa las pérdidas de las distintas líneas, lo que debemos pagar todos.

Por ello, la solución no debe ser legalizar por legalizar sin más, debemos entender que tener un chalet en el monte o en la costa, a unos cuantos kilómetros de cualquier núcleo, es caro (y no precisamente barato como hasta ahora venía saliendo), y en consecuencia hay que pagar más por una residencia en dichas privilegiadas situaciones.

¿Y para el que no pueda asumir sus costes, qué medidas han de dispensarse? Particularmente creo que para éstos las administraciones deberían dar una alternativa adecuada, que podría pasar por permutar suelo junto al núcleo, en las estipuladas condiciones de urbanización y dotación. Con ello el Ayuntamiento perdería parte de sus cesiones por urbanización, pero ganaría la regulación de la situación de algunos de sus vecinos y ahorraría en costes de prestación de servicios. Por su parte, los ciudadanos afectados perderían lo edificado, pero ganarían seguridad jurídica. Y el resto de las administraciones, singularmente las de competencia ambiental y cultural, podrían adquirir aquellos terrenos que por ubicarse en espacios especialmente protegidos les puedan ser de interés de cara a la protección de sus elementos.

En definitiva, la opción que planteo sería una solución costosa para todas las partes, pero que podría resolver situaciones más tremendas como el encarecimiento de los servicios para todos, ciudadanos y administraciones, o la demolición para los particulares afectados.

Juan Garrido Clavero, Asesor Ambiental de GRarquitectos