Es un logos matemático, profesor Ratzinger

El pasado año, 2010 de la Era Cristiana y 2048 de la Hispánica, Ediciones Clásicas de Madrid me publicó un pequeño libro, Una interpretación matemática del Evangelio de San Juan (1,1-3). Ediciones Clásicas fue fundada por el profesor de la Universidad Complutense de Madrid Alfonso Martínez Díez, cuyo ingente laboral en pro de los estudios clásicos queda manifiesta en el apretado catálogo de esta editorial.

En el citado opúsculo demuestro o pretendo demostrar, eso lo dejo a juicio del lector, que el logos del himno que abre el Evangelio de San Juan es un concepto matemático, más concretamente, la razón entre dos números. Para ello me baso en cualquier texto matemático griego, preferentemente musical, en el texto bíblico en cuestión, en el tratado matemático De musica del Beato Boecio, cuya primera traducción a lengua castellana publiqué en 2010 en la misma editorial y, finalmente, en San Agustín que afirma (Confesiones, VII.9.13), que lo que ha leído en el himno ya lo había leído en textos platónicos, menos que el Verbo se hizo carne, naturalmente…

En mi obrilla, coincido con el profesor Ratzinger en que este logos de San Juan es un  logos creador; no puede ser de otro modo, pues así es dicho por el evangelista: todo ha sido creado mediante él y sin él no ha sido creado nada de lo que ha sido creado. Obsérvese que San Juan dice mediante (griego diá; latín per), no por él (griego apó; latín ab), lo cual abre la posibilidad del dogma de la Trinidad. Por el contrario, en ningún sitio del himno el autor del Evangelio de San Juan afirma directamente que este logos sea, como dice el Profesor Ratzinger, la Palabra (no admito la traducción al latín verbum de la Vulgata), la Verdad, la Idea, el Amor u otra Razón que no sea la matemática.

Conclusión. El profesor Joseph Ratzinger, hoy Papa Benedicto XVI, eminente teólogo que enseñó durante cuarenta años Historia de los Dogmas y Teología Dogmática en la universidad de Tübinger, ha intentado en su amplia bibliografía compatibilizar ciencia y religión.

Y esta compatibilidad se puede observar perfectamente en el himno del Evangelio de San Juan:

-Por una parte, el logos evangélico es un logos matemático de acuerdo con las correspondientes lecturas de San Juan, de San Agustín y del Beato Boecio (lo de “Beato” quince siglos después de su muerte lo puede Su Santidad solucionar fácilmente). Hasta aquí lo que puede ser refrendado científicamente. Hasta aquí la ciencia.

- Por otra parte,  lo que el himno expone con toda nitidez, que el logos se hizo carne, puede aplicarse, a esa encarnación del logos que es, dentro de la ortodoxia católica,  Jesucristo. Y al logos pueden aplicarse todos los atributos que  a éste le aplica el Nuevo Testamento: Palabra, Verdad, Amor…,  conceptos tan gratos al teólogo Ratzinger. Hasta aquí la religión.

Para mayor información pueden consultarse las doce páginas en octava de mi trabajo Una interpretación matemática del evangelio de San Juan. Las citas latinas y griegas aparecen traducidas.

Selectividad: esa gran barbaridad

 

Selectividad: esa gran barbaridad

Caminaba el pasado martes, día 14 de junio, por la calle Gran Capitán ojeando el periódico recién comprado cuando apenas pude esquivar a una joven que, a su vez, iba dando un repaso, presumo que el último, a unos apuntes de no sé cuál asignatura. Estaba claro, iba a enfrentarse con la Selectividad.

Me di cuenta de que se estaba celebrando la segunda convocatoria ordinaria de esta prueba tras mi jubilación y varios pensamientos se acumularon en mi mente. El primero de ellos, un aforismo latino que había oído con frecuencia en época de exámenes:

Non     oportet      studere,     sed       studuisse.

                        No  es oportuno   estudiar,    sino  haber estudiado.

Nunca me gustó; lo último que haría sería venir con sermones a una persona en apuros sobre lo que debería  haber hecho o no haber hecho para evitarlos.

Después, por oposición de ideas, recordé con un inmenso cariño aquel magnífico grupo de alumnos y alumnas de Latín que, tras dos años de seguir mis enseñanzas en el Instituto Ángel Ganivet,, se examinó de selectividad el año de mi jubilación. Era tal su atención e interés en clase, que se podía pagar por enseñarles,;y para mí constituyeron, sin saberlo, un poderoso lenitivo frente a alguna que otra contrariedad interna en mi último año en activo. Creo poder afirmar que todos superaron el examen de Latín; además, una alumna me dio una gran alegría -gracias, Belem- al sacar un diez.

También hice un repaso de los distintos nombres que ha recibido el último año de Instituto, que habilita para pasar a la Universidad tras la superación de la prueba correspondiente: Preuniversitario, Curso de Orientación Universitaria… y finalmente, perdiendo toda entidad como eslabón entre Instituto y Universidad, segundo curso de un jibarizado bachillerato.

Sin embargo, una vez ante el ordenador, me ha parecido, más interesante que comparar los distintos nombres que ha tenido este curso con el paso del tiempo, cotejar el que recibía la prueba posterior cuando la superé  como alumno y el que recibe hoy, cuando ya estoy jubilado como funcionario docente.

Busco, pues, en el baúl de los recuerdos y, para mi sorpresa, encuentro en el primer intento mi viejo Libro de Calificación Escolar; lo abro por la última página cumplimentada y leo:

“UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

Secretaría General

EXAMEN DE MADUREZ DEL CURSO PREUNIVERSITARIO

Curso de 1961 a 62  Convocatoria de Junio

[siguen las calificaciones]

Salamanca, 16 de julio de 1962

Puede parecer un poco extraño que la convocatoria fuera la de junio y que me entregaran las calificaciones el día 16 de julio; pero eso es ya otra historia.

Como puede observarse, el examen es calificado de madurez. El nombre no es inocente; se trata de sopesar si el alumno tiene la suficiente para comenzar unos estudios universitarios. Y, efectivamente, una vez demostrada esa madurez, ninguna Facultad o Escuela Técnica Superior podía imponer un numerus clausus por motivos ajenos a los examinados; no había línea de corte.

Consecuentemente, una vez superado este examen, el alumno era libre para matricularse en la  Facultad o E.T.S. que quisiera, independientemente de si era “de ciencias” o “de letras”. La nota de la prueba de madurez podía servir para que te dieran o no te dieran una beca o una matrícula gratuita, pero no para cerrarte o no cerrarte definitivamente la carrera que quizá habías soñado estudiar desde párvulo.

Si comparamos la finalidad del antiguo examen con la de la Selectividad (imponer un numerus clausus mediante una nota de corte si así conviene a la administración de la Universidad), creo que es fácil convenir en que es una barbaridad propia de cerebros tan jibarizados como el actual bachillerato, que legislan de modo que un adolescente se juega su porvenir, lo que será el resto de su vida, en uno o dos días que duran las pruebas de Selectividad.

Por el contrario, tras ser superado el Examen de Madurez, la selección se hacía, ya en la Universidad. El alumno disponía de al menos dos años para demostrar su capacidad para estudiar la carrera de su gusto o vocación.  Para ello tenía que aprobar todas las asignaturas de un curso, llamado precisamente selectivo, ya universitario. Por ejemplo, para estudiar las carreras de Ciencias (Matemáticas, Física, Química, Ingeniería, Arquitectura…) había que aprobar el curso selectivo de Ciencias (Matemáticas, Física, Química, Geología y Biología en la Universidad de Salamanca); una vez superadas estas cinco asignaturas, podía elegirse la carrera de ciencias que se desease. Igualmente, la facultad de Medicina exigía aprobar un selectivo específico de Medicina; por su parte, todas las carreras de Filosofía y Letras tenían dos cursos comunes que el alumno debía aprobar íntegramente antes de elegir especialidad (Clásicas, Románicas, Modernas, Filosofía, Historia …).

Era un sistema mucho más humano y, por ello, más coherente y justo, que jugarse el todo por el todo en dos días. Estos cursos selectivos eran difíciles y en algunas facultades y escuelas técnicas se permitían hasta seis convocatorias.

Otra ventaja ya citada de este sistema era que si un alumno, p.e. “de Letras”, tras aprobar la prueba de madurez, quería matricularse en el Selectivo de Ciencias o de cualquier otra carrera, p.e. Medicina, podía hacerlo, Tendría muchas dificultades para superarlo; pero ese era su problema,  Y viceversa

En cuanto a la actual prueba, su nombre, Selectividad, lo dice todo: es una prueba pensada para seleccionar de un modo, que prefiero llamar poco elegante y me quedo con las ganas de  llamar salvaje. Se tienen en cuenta los intereses de la Universidad y no los de los examinandos.

En fin, creo que, tras la confrontación expuesta entre Selectividad y Prueba de madurez sobra cualquier comentario por mi parte. Prometo leer y contestar a todos los que ustedes vean conveniente exponer.

Elecciones municipales: ¿Elige el Pueblo a su alcalde?

Cuenta la Constitución española de 1978 en su Título Preliminar que:

La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan todos lo poderes del Estado.

                        Art. 1.2.

                    

              La misma idea se repite en el Título Sexto, a mi entender para indicar que esta soberanía no es incompatible con que la justicia se administre en nombre del Rey:

  La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial…  

                        Art. 117.1.

Esto de poder leer la soberanía del pueblo español en el artículo primero de nuestra Carta Magna es esperanzador y gratificante; en ciencia política algo o alguien es soberano cuando no tiene nada o nadie por encima. En efecto::

- En una monarquía absoluta, el soberano (del bajo Latín *superanum, derivado de super = encima) es el Rey, que está por encima de todos; los demás son súbditos (del Latín sub-ditos = debajo colocados). Felipe II, por ejemplo, llegó al extremo de condenar en su propia conciencia a muerte a su secretario Antonio Pérez, que pudo escapar de su destino fugándose de la cárcel poco menos que vestido de lagarterana.

- Por el contrario, en una democracia, con monarquía o con república, la soberanía reside en el pueblo, cuyos componentes son ciudadanos, no  súbditos.

Mas el pueblo no ejerce directamente su soberanía salvo en los concejos abiertos y, por supuesto, en los referendos. En los demás casos la ejerce indirectamente por medio de unos representantes elegidos democráticamente; al menos eso dicen los manuales.

La realidad es muy diferente. Podremos constatarlo en esta sátira en el marco de las elecciones municipales. Y ello por doble motivo: porque estamos en Granada y porque las elecciones municipales son inminentes.

1)      Estamos en Granada.

Para los que peinamos canas basta con recordar las elecciones, celebradas en los municipios españoles el 3 de abril de 1079, primeras democráticas después de la dictadura, para tener ciertas dudas sobre si la soberanía reside en el pueblo. Recordemos.

 En la capital granadina estaban en juego 27 concejales; Tras el escrutinio el reparto fue el siguiente:

UCD : concejales 11; votos 33.786

PSA  :         “          6;     “    21.088

PSOE:         “          6;     “    19.903

PCE  :          “          3;     “   10.675

CGT  :         “          1;     “      5.488

Ningún partido consiguió mayoría absoluta en las capitales andaluzas; el PSA, PSOE y PCE acordaron, para lograr las alcaldías de las ocho capitales andaluzas, unir sus votos; en principio, cada alcaldía sería para el partido más votado de las tres formaciones con el apoyo de las otras dos. Córdoba sería para el PCE, Granada y Huelva para el PSA y el resto para el PSOE.

Según esto, en Granada estaba cantado que el alcalde sería el cabeza de lista del PSA y en Sevilla, el del PSOE, Sin embargo el PSA no quiso renunciar a la alcaldía de Sevilla, tan emblemática para los andalucistas “como Madrid,  Bilbao o Barcelona para los partidos “centralistas”, en palabras de su líder (IDEAL, 11-4-79, Efe). Y, en efecto. las negociaciones siguieron hasta la noche anterior al día 19, fecha prevista para la toma de posesión de los nuevos ayuntamientos. Tras reñidas negociaciones,  a las tres de esa noche se llegó al siguiente acuerdo: el PSA entregaba al PSOE las alcaldías de Granada y Huelva con tal de conseguir la de Sevilla. A reglón seguido, el número uno del PSOE  fue despertado a las tres y media desde Sevilla para comunicarle que sería el primer alcalde granadino de la recién estrenada democracia; por el contrario, en el cabeza de lista del PSA se cumplió el aforismo Quien entra en el cónclave papa sale cardenal. En efecto, las alcaldías de Granada y Huelva se habían cambiado en Sevilla como cambiábamos los niños los cromos en el patio del colegio: un cromo considerado más valioso se canjeaba por dos de menos valor.

Seis meses después, el alcalde granadino dimitió, el número dos del PSOE renunció y acabó siendo alcalde de Granada el número tres de la tercera lista votada por los granadinos. ¿Dónde está la soberanía y la participación ciudadana en asuntos tan próximos al pueblo como la elección de su alcalde?. Y es que al alcalde, salvo cuando se dan mayorías absolutas, no lo elige el pueblo, sino los primeros componentes de unas listas cerradas, elegidos a su vez por sus partidos.  

Cualquier obra humana no es totalmente perfecta; por ello, todo es perfectible, incluido nuestro sistema electoral. Se mejoraría si se instaurara una segunda vuelta cuando ningún partido hubiese alcanzado la mayoría absoluta en la primera. Un segundo paso podrían ser las listas abiertas. Ello acabaría con los repartos del pastel (posiblemente venga de aquí el término pasteleo) como el que he descrito en párrafos anteriores. 

2)      Inminencia de las elecciones municipales

Tres días antes de las elecciones multitud de ciudadanos se agrupan en distintos puntos de España para protestar por la situación laboral, económica y, me atrevería a decir, contra lo que ya empieza a llamarse clase política. En líneas generales, creo que puede decirse que los ciudadanos no están muy contentos con esta clase. Respecto a estas asambleas, hee tenido que oír el refrán A río revuelto, ganancia de pescadores. No es aplicable porque el río no está revuelto; las manifestaciones son un ejemplo de civismo; pero sí abundan pescadores que ven en estas asambleas un caladero de votos.

En unas elecciones, un ciudadano puede votar o no votar. Si vota puede votar a un determinado partido por múltiples razones o bien, si ninguno le convence, votar en blanco, es decir, introducir el sobre sin papeleta. Más  discutible es no votar, pues votando, bien con sobre con papeleta dentro, bien sin ella, se colabora a que se fortalezca la democracia. Esto lo aprendí hace ya mucho tiempo de Aurora, una mujer que sufrió años de cárcel por luchar contra la dictadura.

Si alguien ha tenido la paciencia de llegar hasta el final, gracias por haberme leído. Y espero no tener que usar el verbo cuenta la próxima vez que cite a la constitución en una de mis sátiras.

Educación: Es difícil no escribir una sátira

Educación: Es difícil no escribir una sátira

 

            Juvenal (60?- 128) es un literato latino que en su madurez  –y cuando en Roma ya soplaban vientos de mayor libertad, todo hay que decirlo- afiló su cálamo y dejó a la posteridad dieciséis sátiras donde critica y ridiculiza la sociedad de su época y la persona del ya extinto emperador Domiciano. Y es que esto de dar lanzadas a enemigo muerto es un deporte atemporal.

            Incluso en su vejez debió resultar molesto a las altas instancias y se le dio un cargo militar en el lejano Egipto para quitarlo de en medio. Tampoco es nada nuevo aquello de promoveatur ut amoveatur (sea promovido para que sea removido); bien pueden constatarlo los andaluces, tanto en el ámbito político como en el eclesiástico. Dejo al lector la tarea de poner nombres propios.

            Al comienzo de su obra Juvenal declara que es la indignación la que le impulsa a escribir sátiras. No puede ver la pérdida cotidiana de los valores de la vieja república romana, en la que ya no se premia el trabajo y el esfuerzo, sino el halago y el clientelismo, que proporcionan, sin mérito alguno, rápidas fortunas y suculentos cargos públicos.

Y afirma indignado que, para quien uno y otro día es testigo de esta pérdida de valores,

difficile est saturam non scribere.

es difícil no escribir una sátira.

                      

Desde mis ya lejanos años de estudiante siempre he sentido especial aprecio por Juvenal, hasta el punto de haber traducido, con abundantes notas a pie de página, sus sátiras (Ediciones Clásicas. Madrid, 2002). Y, hace unos días, me acordé de esa indignación que motiva la obra del autor latino por haberla sentido yo mismo al comprobar, donde menos lo esperaba, el lamentable estado de nuestra enseñanza. Y, como mi admirado Juvenal, sentí la imperiosa necesidad de escribir una sátira, porque, visto lo que vi, también hoy  difficile est saturam non scribere. Les contaré:

Hace unos días, en mi calidad de probo abuelo de once nietos, entré en un establecimiento de chuches, pues me gusta llevar algo para sorprenderlos. Me incliné por globos hinchables; no pesan, ocupan poco lugar, se puede llevar una buena cantidad en el bolsillo y salen sin dificultad de la oreja de los nietos pequeños.  

            Estaba a cargo del establecimiento un muchacho de normal apariencia, que parecía tener unos diecisiete o dieciocho años. Le pedí 25 globos; su precio, cuatro céntimos la unidad. Comenzó a contarlos, pero llegando a décimo tercero o décimo cuarto empezó a equivocarse. Ya incómodo, le dije que los contara por parejas; multiplicaríamos por 2 y añadiríamos uno para que hicieran el total de 25. Hizo una serie de parejas, no sé cuantas, y vuelta a equivocarse contándolas. Me sentía cada vez más molesto y opté por contarlas yo. Llegó el momento de cobrar. Echó mano de la calculadora y no sé exactamente qué haría; lo cierto es que no fue capaz de decirme cuánto valían 25 globos a 4 céntimos el globo. Lo tuvo que dejar. Como último remedio, le puse un euro sobre el mostrador y le pregunté que pensaba ser en el futuro. Me respondió que policía municipal, pues para ello hacía falta tener el bachiller y él lo tenía. El suelo pareció abrirse a mis pies. Me despedí sin hacer ningún comentario para no herirle.

Salí del estableciendo (eso sí con los globos pues mi trabajo me había costado comprarlos) deprimido e indignado, pensando cómo era posible que un chico con estos conocimientos matemáticos pudiera obtener el título de bachiller. En los últimos años de mi carrera docente me encontré con barbaridades que no se hubieran tolerado a los niños de diez años en su examen de ingreso al bachiller; pero nada como lo que acababa de ver.

      Al día siguiente lo comenté con un amigo, catedrático de la Universidad de Granada y tan crítico como yo con los planes de Educación vigentes. Me preguntó si había percibido alguna discapacidad en el dependiente y le dije que no; además, esto no cuadraría, pues si la tuviera no hubiese quedado como único responsable de un negocio familiar. Solo cabía, me dijo, que hubiese sufrido un mareo momentáneo u otra indisposición transitoria,. La hipótesis era plausible y la di por buena.

     Sin embargo, esta explicación tampoco dejaba muy bien a los últimos planes de enseñanza o, en su defecto, a mí. Juzguen ustedes. Peor que un caso puntual de ignorancia supina de un bachiller es que en España se den las circunstancias para que un catedrático de Instituto con 42 años de antigüedad a sus espaldas como tal vea verosímil que un bachiller apenas sepa contar ni multiplicar 4 x 25. Mi indignación creció; no hace mucho tiempo, cualquiera hubiese pensado que el dependiente se atribuía gratuitamente el título de Bachiller. Y el que esto se considere posible da una idea de la degradación de los estudios en España mejor que un caso puntual.

Hecha esta reflexión, estoy de acuerdo con Juvenal en que difficile est saturam non scribere. Consecuentemente, allá va mi crítica por si sirviera de reflexión a quienes debe servirles:

     Cuando pueden inspeccionar los institutos personas que nunca los han pisado como profesores, es difícil no escribir una sátira.

     Cuando el antiguo bachiller de seis años y un preuniversitario ha quedado reducido a un jibarizado bachillerato de dos, es difícil no escribir una sátira.

     Cuando a un muchacho de dieciséis años coge una calculadora para hallar la raíz cuadrada de 49, es difícil no escribir una sátira.  

     Cuando en la Delegación de Granada de la Consejería de Educación  a un catedrático de Instituto con cuarenta años de antigüedad como tal, que quiere presentar una comunicación, no se le permite asistir a un Congreso Nacional presidido por el Jefe del Estado porque no es una  actividad programada por la Junta de Andalucía, es difícil no escribir una sátira.

    Cuando se desmantelan en algunos Institutos seminarios y laboratorios históricos para convertirlos en aulas, es difícil no escribir una sátira.

     Cuando se van suprimiendo las Humanidades en Institutos y Universidades, es difícil no escribir una sátira.

      Cuando se convocan plazas para poder inaugurar la Universidad de Jaén y tras más de quince años  de estar en funcionamiento todavía no se han hecho públicos los resultados, es difícil no escribir una sátira.

      Cuando con sesenta años se premia la jubilación del docente y por seguir tras los sesenta y cinco, no se la premia, es difícil no escribir una sátira.

       Cuando no se protege jurídicamente al profesor considerándolo autoridad, es difícil no escribir una sátira.

        Cuando un alumno necesita una calculadora para saber el valor usual de pi es difícil no escribir una sátira.

       Cuando ante los desmanes del partido en el gobierno el mayor partido en la oposición define como principal objetivo de su reforma de la enseñanza la supresión de Educación para la Ciudadanía, es difícil no escribir una sátira.

Cuando el último informe Pisa revela que los alumnos andaluces de Educación Secundaria Obligatoria son los últimos de España en Lectura, Matemáticas y Ciencias, es difícil no escribir una sátira.

        Cuando en los actuales planes de estudio marcados por el partido en el gobierno ni siquiera tienen mención Dante y su Divina Comedia, es difícil no escribir una sátira.

             

        Se admiten sugerencias para ir engrosando la lista.

Constitución de 1978: Borbón y cuenta nueva (II)

Constitución de 1978: Borbón y cuenta nueva (II)

La actual constitución de 1978
La actual constitución es fruto del consenso de fuerzas políticas diversas tras una larga dictadura. Unas se hicieron el haraquiri; otras relegaron incluso sus preferencias republicanas; y todas decidieron hacer Borbón y cuenta nueva para dar a España una constitución democrática en la que la soberanía residiera en el pueblo, como se lee en su artículo primero:
1.2. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

El pasado lunes, 6-12-2010, se celebró una vez más el aniversario de la constitución vigente, votada libremente por el pueblo español en 1978, y por todas partes se dedicaron alabanzas a nuestra norma de normas. Por lo que a mí se refiere, como las loas y ditirambos se vieron colmados, prefiero hacer hincapié en algunos errores que he podido observar:

a) Nacionalidad española
11.1. La nacionalidad española se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
De todas las constituciones españolas, y son muchas, demasiadas, la vigente es la única que deja a reserva de ley y no define quién es español. Ello hace posible que un partido en el poder con mayoría absoluta, que presuma que va a perder las próximas elecciones, pueda por una ley orgánica, sin faltar a la constitución, conceder la soberanía española a cuantos emigrantes, legales o no, se la soliciten, creándose así un considerable caladero de votos.

b) Igualdad ante la ley
14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra consideración o circunstancia personal o social.
11.2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
Ambos artículos son contradictorios pues hace discriminación entre españoles de origen y nacionalizados: los primeros no pueden ser privados de la nacionalidad española; los segundos sí. Por consiguiente, no todos los españoles son iguales ante la ley.

C) Pena de muerte
15. Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a penas o tratas inhumanos y degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempo de guerra
Con frecuencia se dice que en la constitución queda abolida la pena de muerte. Es falso, pues, si no está abolida totalmente, no está abolida. En todo caso, una constitución europea de finales del siglo XX no debe dejar ningún resquicio para la aplicación de esta pena.

d) Competencias de las comunidades autónomas
El capítulo III del título VIII es un galimatías impreciso, que da lugar a múltiples interpretaciones y es fuente de la alocada carrera que han seguido distintas autonomías pidiendo unas las mismas competencias o más, que las conseguidas por las otras, en una carrera cuyo final desconocemos. Diecisiete autonomías son muchas autonomías pidiendo y gastando.
Por otra parte, también es fuente de múltiples recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal correspondiente. Y da mucho que pensar que el gobierno de una autonomía plantee unos recursos de inconstitucionalidad contra el gobierno del estado y retire ese mismo recurso si el partido que lo sostiene a nivel autonómico gana las elecciones a nivel nacional. Compruebe, amable lector que haya tenido la paciencia de seguirme hasta aquí, si esto ha sucedido alguna vez en su Comunidad autónoma.

e) Reforma de la constitución
168.1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al capítulo II, sección 1ª del título I (De los derechos fundamentales y de las libertades políticas), o al título II (De la corona) se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las cortes.
2. Las cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas cámaras.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación
.
La constitución española es una constitución cerrada, el artículo 168 hace casi imposible una revisión total o la parcial que afecte a los artículos citados. No obstante se podrían burlar constitucionalmente las trabas que impone suprimiéndolo previamente de acuerdo con el 167, que, para modificar los artículos no citados en el dicho 168, que no se incluye a sí mismo entre los especialmente protegidos, solo exige mayoría de tres quintos en ambas cámaras y no precisa necesariamente de referéndum.
El proceso anterior puede ser discutible; pero mayores equilibrios jurídicos se hicieron para pasar de un régimen dictatorial a un régimen democrático durante las transición.
Hasta el momento este artículo 167 se ha empleado una sola vez para intercalar dos palabras en el 13.2 y hacer así constitucional el sufragio pasivo de los extranjeros. La nueva redacción quedó como sigue:
13.2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.
(El artículo 23 habla de los derechos políticos de los ciudadanos; uno de ellos es el sufragio pasivo –poder ser elegido-.)

Quizá parezca propio de aguafiestas hablar de errores y contrasentidos constitucionales precisamente cuando se está celebrando la constitución; pero estoy con el cubano José Martí cuando afirma en un periódico neoyorquino de finales del siglo XIX:
Sólo sirve dignamente a la libertad quien, a riesgo de ser considerado su enemigo, la defiende sin temblar de los que la comprometen con sus errores.
Bella frase que el literato y político cubano aplicó en el momento más inoportuno.

Constitución de 1978: BORBÓN Y CUENTA NUEVA (1)

Constitución de 1978: Borbón y cuenta nueva (I)

Un poco de historia

Los historiadores de la Grecia antigua hablan en el siglo XXI de las Constituciones que Solón (640-560) y Clístenes (VI a.C.) promovieron en Atenas antes de nuestra era. Sin embargo, el significado del término constitución usado en sus textos no se corresponde con su actual significado jurídico y político (dicho al paso, no me resisto a recordar que Solón, además de político, es considerado uno de los siete sabios de Grecia y  estudiado como eminente poeta lírico; pero esto cosas sucedían en Grecia hace ya muchos siglos.Ahora…

Por otra parte, en el estado romano, el primer escrito jurídico es la Ley de las XII tablas, conjunto de leyes, más de derecho privado que público. Fueron expuestas al pueblo hacia el 450 a.C. (Livio, Historia de Roma, III,31,ss) en este soporte y conservadas fragmentariamente en citas de autores latinos posteriores. Según el testimonio de Cicerón debían ser aprendidas de memoria por los escolares romanos; como puede observarse, la Educación para la Ciudadanía es más antigua de lo que comúnmente se cree, al menos como yo la entiendo.

Discebamus, enim, pueri XII ut carmen necessarium

De niños, aprendíamos obligatoriamente, recitándolas, las XII TABLAS.

                                                                   (De  legibus 2,23,59)

Mas, si alguien lee los fragmentos conservados de las XII tablas, puede fácilmente deducir que, a pesar de la importancia que tuvieron en los primeros tiempos de la res pública romana, distan mucho, como cualquier otro texto jurídico de la antigua Roma, de poder ser considerados partes de una  constitución.

Sin embargo, podemos constatar que el significante constitutio sí existía en el lenguaje jurídico de la república romana desde Augusto (31 a.C.-14 d.C); pero su significado era cualquier norma emanada del Príncipe (término con el que los romanos llamaban al Emperador), por ejemplo, una carta suya respondiendo a una duda sobre aplicación del Derecho; poco tiene que ver este significado con su correspondiente significante castellano. No obstante, los historiadores de Derecho Romano hablan de constituciones imperiales, lo que puede equivocar a los principiantes en la materia.   

En efecto, una constitución es básicamente una norma de normas, es decir un marco donde tienen que caber todas las normas que regulan las relaciones entre los miembros de unas comunidades que llamamos estados. Si este marco no es propuesto a la comunidad por sus representantes democráticamente elegidos, sino impuesto por quien detenta un poder soberano, es decir, sobre todos y todo, es decir, si la soberanía no reside en el pueblo, suele llamarse carta otorgada o, en estados dictatoriales, leyes fundamentales..

El primer estado que tuvo una norma de normas que puede ser llamada constitución fue los Estados Unidos de América. Su constitución data de 1787 y , con las oportunas enmiendas, ¿quién no ha oído hablar alguna vez de la célebre enmienda 5ª?, está en vigor.

En España, por el contrario, desde la Carta otorgada por el rey José Bonaparte en 1808, llamada Constitución de Bayona, hasta la actual, se han ido promulgando siete constituciones a las que hay que añadir un estatuto real (1834-1836) y unas leyes fundamentales dictadas entre 1938 y 1967.

Esto, unido a las eternas guerras carlistas del XIX testifica la inestabilidad política de España durante el periodo antes citado; puede afirmarse que, salvo las constituciones republicanas de 1873 (que no llegó a entrar en vigor) y de 1931, todas las demás, así como las leyes fundamentales de 1938-1967, tienen su origen o su puesta en vigor en golpes o asonadas militares de uno u otro signo. No así, la actual constitución, cuya crítica será objeto de mi próxima comunicación.

Pater noster qui es in caelis… et ne nos inducas in tentationem…

 

II. Pater noster qui es in caelis, … et ne nos inducas in tentationem…

Padre nuestro que estás en los cielos, … y no nos dejes caer en la tentación…

2) …et ne nos inducas in tentationem…

… y no nos dejes caer en la tentación…

 

            – La segunda parte del Padrenuestro consta de cuatro peticiones. La traducción de las dos primeras y la última no plantean mayor problema, ni en la versión castellana actual, ni en la anterior:

a)      Panem nostrum quotidianum da nobis hodie; El pan nuestro de cada día danosle (con leísmo) hoy…¿Qué menos puede hacer un padre que se precie que procurar a sus hijos el sustento de cada día?

b)      Et dimitte nobis débita nostra /sicut et nos dimíttimos debitóribus nostris; y perdónanos nuestras deudas / así como nosotros perdonamos a nuestros deudores… La traducción antigua es correcta: sin embargo la actual recoge mejor el sentido de la petición… y perdónanos nuestras ofensas / así como nosotros perdonamos a los que nos ofenden… Y es que un padre que quiere a sus hijos no les puede guardar rencor; y el Dios de Jesús es padre…

c)      Sed libéranos a malo; más líbranos del mal. ¿Acaso un buen padre no está velando continuamente por sus pequeñuelos?

- Sin embargo, en la tercera petición, …et ne nos inducas in tentationem…, tanto la versión antigua como la nueva presenta una misma traducción, …no nos dejes caer en la tentación, que de ningún modo responde a la versión latina. Y, más que una traducción incorrecta, ofrece una versión más bien deliberadamente incorrecta.    

            Ý afirmo que la traducción es deliberamente incorrecta porque la Iglesia dispone de magníficos latinistas. No otra cosa puede esperarse de una institución religiosa a cuyo máximo jerarca, el Papa, deben teóricamente obediencia  en materia de fe y moral 1.166 millones de bautizados en todo el mundo (según datos del Anuario Pontificio de 2010 referidos al 2008) y ello obliga a que, para no primar a ninguna lengua o cultura, el Papa, cuando se dirige a todos sus fieles, lo haga en latín, por ejemplo cuando escribe una encíclica, que luego es traducida a todos los idiomas. .Por este motivo, el latín sigue siendo una lengua viva, que es, igual que el italiano, lengua oficial del Vaticano, entidad política de la que el Papa es el Jefe de Estado.

Mas… ¿por qué la Iglesia traduce no nos dejes caer en la tentación? Por lo que a mí respecta, me voy a limitar a proponer una interpretación apoyada en un sencillo análisis semántico del verbo latino inducas, un presente de subjuntivo en segunda persona del singular cuyo sujeto es ese Dios a quien Jesús está pidiendo que se comporte como un verdadero padre.  

Veamos:

  • In-dúcere es una palabra compuesta, formada por la preposición in, que en este contexto indica dirección, y ­dúcere, llevar. De este infinitivo latino deriva al  castellano –ducir, pero siempre compuesto con una preposición: intro-ducir (llevar dentro), de-ducir (llevar desde un sitio, sacar), tra-ducir (llevar de un sitio a otro), ab-ducir (arrebatar desde un sitio) etc.
  • Uno de estos compuestos es in-ducir, que significará llevar a alguien o algo al interior de un sitio; meter en,  Y, si se mete a alguien en la tesitura de cometer un delito, falta o pecado, este verbo tiene en castellano tiene un significado peyorativo y el que realiza esta acción es un inductor. Esta figura, p.e., aparece en el Código Penal español.

El que induzca al suicidio de otro será castigado con  la  pena de prisión de seis a diez años. Art. 143.1.

 

  • Por consiguiente, el sentido de la petición es que Dios no meta a sus hijos, como no lo hace un buen padre, en medio de tentaciones para ver si cae en pecado y puede castigarlo, como hacía el Dios del Antiguo Testamento, cuyos castigos son terriblemente ejemplarizantes: Dios puede acabar con todos los varones de una casa (omnes mingentes ad parietem = todos los que orinan contra la pared, expresión que se prodiga en la Biblia) o con todos los primogénitos de un pueblo, como sucede en Egipto, o con todo el género humano mediante un diluvio, salvo Noé y familia;  o bien castigar a toda la humanidad presente y futura a vivir trabajando y acabar muriendo, y todo por un desliz de Adán.

 

Conclusión: de acuerdo con el texto latino, Jesús no pide a Dios que no lo deje caer en la tentación, sino que no se la ponga Él, que no lo tiente, que no lo ponga a prueba, que no lo induzca (traducción literal del latín inducas) a pecar, pues¿qué padre pone la zancadilla a su hijo a ver si cae?

Y ¿por qué cree Vd. que la Iglesia católica sigue proponiendo la traducción castellana que propone? Se admiten sugerencias.  

 

I. Padre nuestro que estás en los cielos, santificado sea tu nombre…

 

 

I. Pater   noster   qui   es   in    caelis,       sanctificetur   nomen tuum…

   Padre nuestro  que estás en los cielos, santificado sea   tu nombre…               

 

         Hace una semana escasa, con motivo de la presentación en la Casa de los Tiros de mi versión castellana de la Epístola a los Pisones ( Arte poética) del poeta latino Horacio, hablé brevemente sobre la importancia de la traducción en la literatura.

Comencé reivindicando su consideración de género literario instrumental por lo que tiene de re-creación (sin traductores solo podríamos degustar obras literarias escritas en idiomas que conociéramos) y defendiendo su importancia como género literario auxiliar para la gramática y la historia de la Lengua (gracias a la labor de los traductores de un mismo texto clásico pertenecientes a distintas épocas podemos observar, cotejando las distintas versiones, la evolución del castellano).

Finalmente, quise presentar algunas situaciones en las que puede verse envuelto el traductor cuando se enfrenta con el texto original, haciendo especial hincapié en las dos siguientes:

1)      El traductor no entiende el significado último del texto original .

2)      El traductor entiende el significado del texto; pero por una u otra razón, le parece inconveniente una traducción fiel, que respete su significado último.

Para desarrollar los dos puntos anteriores llevé elegido previamente dos textos castellanos traducidos del Latín que pudiesen conocer e incluso saber de memoria todos los asistentes, dos textos con cuya interpretación comúnmente admitida yo no estaba de acuerdo. No tuve que pensar mucho dónde buscarlos; elegí el Padrenuestro.

El Padrenuestro, la más bella oración de todas las por mí conocidas, consta de dos partes claramente diferenciadas. La primera está integrada por una invocación y tres deseos. La segunda, por cuatro peticiones. Últimamente la Iglesia Católica ha dispuesto, traducida de la Vulgata latina (traducción al latín de la versión griega de la Biblia), una nueva versión castellana, pues la anterior, ya trasnochada, no respondía al castellano hoy comúnmente hablado. Sin embargo, a mi parecer, no se ha aprovechado la ocasión para dar una versión que recoja el espíritu del primer deseo, santificado sea tu nombre no me sugiere nada y, por otra parte, persiste la versión torticera no nos dejes caer en la tentación, de la penúltima petición. Veamos.

                                                               

  1. 0.     Invocación: Pater noster qui   es   in    caelis,

                                                           Padre   nuestro que estás en    los cielos

Jesús de Nazaret enseña a sus discípulos cómo deben orar (Mateo, VI,13) y comienza por llamar  padre a Dios. Y en esa hermosa palabra puede verse resumida la buena nueva (no otra cosa significa el término eu-angelium), el mensaje que Jesús viene a traer: Dios es padre.   

   Es difícil para nuestra mentalidad captar la revolución religiosa que supone que Jesús, un rabino judío, le dé a Dios este nombre. Dentro de la ortodoxia judía de aquel tiempo esto constituiría poco menos que una blasfemia. El Dios de Jesús ya no ese Dios terrible del Antiguo Testamento, que no solo castiga cruelmente a sus criaturas, sino que las  pone a prueba:

- El Génesis (III,1-24) cuenta cómo Adán no superó la prueba de la dichosa manzana y fue expulsado del Paraíso y, con él, toda su descendencia. 

- Más adelante el mismo libro narra (VI-VII) cómo Dios se arrepiente de haber creado al hombre y provoca un diluvio que acaba con todo el género humano, salvo Noé y familia.

-  Y la prueba que impone a Abrahán para tentarlo, que le sacrifique el único hijo, habido de su mujer Sara después de desearlo tantos años, tampoco es cualquier cosa (Génesis, XXII).

Jesús, por el contrario, habla de un Dios padre, que ama, protege y, llegado el caso, perdona a sus hijos. Consecuentemente, los tres deseos de la primera parte del Padrenuestro y las cuatro peticiones de la segunda girarán alrededor de esta idea básica que tanto escandalizaba a escribas y fariseos. 

1)    sanctificetur         nomen tuum

                                       santificado??? sea           tu nombre

            Debo confesar que, hasta hace poco tiempo, he traducido el latín sanctificetur por el castellano santificado sea sin pararme a pensar en lo que significaba la expresión. Mas, cuando un sacerdote amigo me reconoció que llevaba más de cincuenta años rezando la oración y tampoco sabía los que quería decir, comencé a reflexionar sobre el significado del término y, tras su análisis, conseguí llegar a una conclusión que creo coherente.

            El término latino sanct-i-ficatus  aparece por primera vez en Tertuliano (155-222), primer escritor cristiano en lengua latina. Está compuesto de dos elementos: de los que interesa conocer el primero, sanct(us), del que deriva el castellano santo. El quid de la cuestión está en el significado de sanct-us en latín y consiguientemente de santo en castellano. Es el participio pasivo del verbo latino sanc-io, que básicamente significa dar por bueno. Este significado está recogido en su derivado castellano sancionar:

Ejemplos:

-                              Un agente de tráfico ve una infracción y la denuncia a la autoridad correspondiente, que la sanciona, es decir, la da por buena.

-                              El Rey sancionará en el plazo de 15 días las leyes aprobadas por las Cortes Generales y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.  C onstitución Española, art. 91.

Así, pues, el participio pasivo sanc-tus significa dado por bueno. Este significado está recogido en el adjetivo castellano san(c)to.

Ejemplo:

-                              Cuando la Iglesia declara a uno de sus fieles difuntos santo, lo da por bueno para incluirlo en la relación (en griego kannoon) de   bienaventurados, es decir, lo canoniza.

Por otra parte, la traducción santificado sea tu nombre no tiene sentido; parece hacer referencia al nombre propio de Dios, como si el Dios de Jesús tuviese un nombre, cuando Dios no tiene un nombre propio para invocarlo. Y en el supuesto de que lo tuviera… ¿quién es el hombre para santificar o dejar de santificar el nombre de Dios.  

Estimo que, cuando habla de nombre en el Padre nuestro, Jesús se refiere al nombre sustantivo que acaba de dar a Dios, es decir al nombre sustantivo padre.

Consecuentemente, el primer deseo de Jesús es que el nombre padre que acaba de adjudicar a Dios, sea dado por bueno, o bien esté justificado, o bien sea apropiado, o bien esté reconocido, o bien sea conforme, o bien sea adecuado, o bien… ( si le parece buena mi interpretación, ponga aquí la traducción que crea conveniente de no gustarle ninguna de los anteriores; se admiten sugerencias).

Por lo que a mí respecta, no me satisface ninguna; así, pues, me quedo provisionalmente con santificado sea tu nombre, pero sabiendo o creyendo saber la intención de Jesús. Y es que es una pena convertir en un mantra, que se repite automáticamente, la más hermosa oración jamás escrita.   

P.D. Dejo para la próxima comunicación la crítica y refutación de la traducción no nos dejes caer en la tentación.      

 

Nada nuevo bajo el sol: una huelga general en la roma del siglo VI a.C

Nada nuevo bajo el sol: una huelga general en la Roma del siglo VI a.C.

El próximo día 29 de septiembre está convocada en toda España huelga general por los sindicatos Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores; desde la restauración de la democracia será la séptima en total y la quinta que afronta el Partido Socialista Obrero Español en el gobierno.

Una huelga general es algo muy serio y solo puede justificarse en situaciones de extrema gravedad. No se convoca para protestar contra tal o cual persona física o jurídica en particular, sino contra alguna o algunas parcelas de la gestión de la polis que los convocantes creen que debe cambiar. Por consiguiente, toda huelga general es una huelga política en el sentido reduccionista del término, que tiene que afrontar el gobierno del Estado.  

Buena demostración de que toda huelga general siempre es política puede ser la siguiente:

-         En la huelga general de 2002, convocada por CC.OO. y U.G.T. contra el decreto del gobierno de D. José María Aznar sobre la protección del desempleo y medidas de fomento del empleo, D. José Luis Rodríguez Zapatero asistió a la correspondiente manifestación

-         En la huelga general de 2010, convocada por CC.OO. y U.G.T. contra el decreto del gobierno de D. José Luis Rodríguez Zapatero sobre reforma laboral, reducción salarial en el sector público y congelación de pensiones no es de esperar que asista  D. José Luis Rodríguez Zapatero a la correspondiente manifestación

Mas el mundo daba vueltas antes de que naciéramos y, cuando nos visite la Parca, las seguirá dando; no es de extrañar, pues, que una huelga general no sea una medida de presión inventada en una pasado reciente. Concretamente, en nuestra cultura grecolatina hay que remontarse hasta el año 504 a.C. para encontrar una primera reacción de este tipo de protesta frente a una situación política.

Veamos mas o menos lo que sucedía en la naciente república romana a finales del siglo VI a.C. Y digo más o menos porque la historia de estos tiempos ha llegado hasta nosotros entreverada con la leyenda.

El Pueblo Romano, en sus primeros tiempos, estaba dividido entre Patriciado, ciudadanos de pleno derecho, y Plebe, ciudadanos de derecho disminuido; la expulsión del último rey de Roma y el advenimiento de la República /509) no cambió las cosas.

Los plebeyos:

-         No podían ser candidatos en las elecciones para cargos públicos.

-         Podían ser reducidos a la servidumbre por impago de deudas.

-         No podían casarse con patricias.

-         No podían ser pontífices…

En el 5o4 a.C. los plebeyos, cansados de los frecuentes abusos de los patricios, se retiraron en masa al Monte Sacro de la plebe, probablemente al Aventino, una de las siete colinas de la Ciudad Eterna, y amenazaron con fundar una nueva ciudad y no bajar a defender  Roma  si no se creaba una magistratura con amplios poderes para velar por sus intereses y no depusieron su actitud hasta que se les condonaron todas sus deudas y se creó la figura del Tribuno de la Plebe.

El historiador romano Tito Livio narra este episodio en el libro II de su Historia de Roma Desde la fundación de la ciudad (II, 33.1-2):

            Se empezó después a tratar de la concordia, y se incluyó entre los acuerdos que la plebe tuviera unos magistrados propios inviolables, que le prestaran ayuda contra los cónsules y que ningún senador pudiera ocupar esta magistratura.. Así se crearon dos tribunos de la plebe, Cayo Licinio y Lucio Albino; estos nombraron otros tres colegas  (Traducción de Antonio Fontán. Alma Mater. Madrid 1989).

Los tribunos de la plebe, necesariamente plebeyos, constituían más bien un contrapoder con amplias prerrogativas para oponerse a los abusos del poder político de los patricios, entre otras oponerse a una sentencia, impugnar impuestos que considerasen excesivos, anular una leva militar, convocar a la plebe… , y su casa debía estar abierta noche y día para que los plebeyos pudiesen exponer sus quejas.

Finalmente, es de señalar que, por lo general, los tribunos de la plebe usaron con prudencia su enorme poder, y que, amparada por esta magistratura, durante la República Romana, la Plebe fue consiguiendo paulatinamente derechos hasta llegar a la total igualdad.

La huelga de la plebe romana triunfó plenamente y parte de sus consecuencias todavía perduran; sin ir más lejos, la vigente Constitución Española ha resucitado la figura del Tribuno de la Plebe bajo el nombre de Defensor del pueblo,  Una vez más, Nada nuevo bajo el sol, o, dicho en Latín, Nihil novum sub sole (Vulgata, Eclesiastés, 1,3).

Mas, volviendo a nuestro siglo y al comienzo de esta comunicación, el día 29 de septiembre está convocada en toda España huelga general. ¿Qué consecuencias se seguirán?

El éxito de una huelga no se mide por el número de sus seguidores y, mucho menos, por el número de manifestantes, siempre objeto de discusión, sino por el triunfo de sus objetivos.

Unos catalanes, los primeros en ser llamados españoles

Amigo Joaquín, tu interesante demanda sobre la etimología del vocablo esquirol, bien se merece una nueva comunicación, cuyo contenido, un estudio filológico,  puede resultar un tanto penoso de leer. No obstante, quienes tengan la paciencia de llegar al final podrán llevarse una  sorpresa.

1) Estado de la cuestión

Aunque ambas lenguas derivan del latín, salta a la vista la total discrepancia etimológica que debe existir entre el castellano ardilla y su correspondiente semántico catalán esquirol:

-  En cuanto a la etimología de ardilla, basta consultar el Diccionario de la Lengua Española; en la edición de 1901 puede leerse:

ardilla (del dim. de arda 1) f. Mamífero roedor, de unos 20 centímetros de largo…

Y después:

arda 1 (de harda) f. desus. Ardilla. U.c.dialect.

Como puede observarse, ardilla no es voz derivada de término latino alguno,  sino del prerrománico harda (la ortografía es un lujo de la lengua). Por cierto, ya figuraba en el Diccionario de Nebrija de 1495 y fue sustituyendo a harda, que casi ha desaparecido.

- La etimología de catalán esquirol no se indicó en la anterior comunicación; simplemente se dijo que había sido tomada del nombre de un pueblo barcelonés, L´Esquirol, que traducido al castellano sería La Ardilla.

2) Etimología de esquirol: consideraciones y conclusión

-  ¿Qué pueden tener en común, aparte del significado, términos tan diversos ? Pues, que esquirol sea también un diminutivo. Y así debe de ser: siendo el catalán lengua derivada del latín, que presenta la terminación –olus /-ola en los diminutivos, es razonable sospechar que esquir-ol pueda venir de un diminutivo latino del tipo xxxx-olus / -ola.

La sospecha se convierte en certeza tras consultar la formación de nombres derivados en la gramática catalana de Frances de B. Moll, página  221 párrafo tercero,  el tenor de dicho párrafo, una vez traducido al castellano, es el siguiente:

-OL, -OLA  no se aplica a cualquier palabra primitiva, sino que es propia de aquellas palabras que ya vienen del latín con estos sufijos.

-  Así, pues, para saber con exactitud la voz latina de la que deriva esquirol bastará buscar en un buen diccionario español-latino, de los que hoy no se editan, el término latino correspondiente a ardilla. Y en el diccionario español-latino de Valbuena de 1861, comprado a precio vil en la cuesta de Moyano,  puede leerse:

ARDILLA. m. Sciurus,

Tras esto, sin necesidad de muchas explicaciones, pueden verse derivar de scir-olus, diminutivo de sciurus, el catalán esquir-ol y otras voces romances, e incluso la correspondiente voz inglesa (idioma de vocabulario romance en un 40%);. Todas ellas, para llamar al pequeño roedor.

Ya todas las piezas encajan:

Catalán esquirol, francés,  écureuil; inglés, squirrel.

3) Los catalanes de aquende de los  Pirineos,  los primeros en ser llamados españoles.

Dado que el sufijo –ol /-ola es propio de Cataluña y de la Provenza, tan ligadas lingüísticamente, no son muy frecuentes, salvo préstamos, vocablos españoles castellanos de este tipo. Uno de ellos es precisamente el vocablo españ-ol. Veamos su etimología y primera acepción en el Diccionario de la Real Academia Españ-ola (edición de 1991):

Español, la. (Del provenzal espaignol, y este de latín medieval hispaniolus, de Hispania, España) adj. Natural de España.. U.t.c.s.

Esta inequívoca etimología invita a hacer las  siguientes consideraciones:

-  El término latino medieval Hispani-olus es diminutivo en Provenza de Hispanus, término latino clásico que significa habitante de Hispania.

-  Por otra parte, la Universidad de Montpelier, en plena Provenza, fue el centro donde iban a estudiar desde el siglo XIII los catalanes de una y otra vertiente pirinea, sobre todo Medicina y Derecho. Todavía se alza en la bella ciudad del mediodía francés  una mansión medieval con una inscripción  en la que se hace saber que el palacio fue erigido por un mecenas catalán para residencia de sus paisanos de Gerona.

- Y el estudiante catalán de aquende los Pirineos empezó a ser llamado en la Provenza medieval  Hispaniiolus, de donde deriva, a través del provenzal, el castellano español y el catalán 

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