{"id":1930,"date":"2026-10-07T09:42:46","date_gmt":"2026-10-07T09:42:46","guid":{"rendered":"https:\/\/granadablogs.com\/entrelineas\/?p=1930"},"modified":"2026-10-07T09:42:46","modified_gmt":"2026-10-07T09:42:46","slug":"de-propietario-a-suscriptor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/granadablogs.com\/entrelineas\/2026\/10\/07\/de-propietario-a-suscriptor\/","title":{"rendered":"De propietario a suscriptor."},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Durante siglos, una de las expresiones m\u00e1s concretas de la libertad econ\u00f3mica fue la propiedad privada. Poseer dinero significaba poder decidir cu\u00e1ndo y c\u00f3mo gastarlo; poseer una vivienda, una tierra, una herramienta o una m\u00e1quina significaba disponer de ellas, transmitirlas, venderlas, modificarlas o legarlas. La posesi\u00f3n de un bien convert\u00eda el resultado del trabajo presente en una reserva de la capacidad de decisi\u00f3n futura.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ahora, la econom\u00eda digital est\u00e1 alterando progresivamente ese principio. No porque la propiedad haya desaparecido (sigue siendo el fundamento jur\u00eddico de una parte sustancial de la econom\u00eda global), sino porque una creciente proporci\u00f3n del consumo se organiza ya alrededor del acceso temporal en lugar de la adquisici\u00f3n. M\u00fasica, pel\u00edculas, software, almacenamiento, movilidad, equipamiento e incluso determinados bienes f\u00edsicos pueden contratarse como servicios recurrentes. La OCDE identifica precisamente la expansi\u00f3n de estos modelos (pagos peri\u00f3dicos a cambio del acceso continuado) que proporcionan ventajas para las empresas en forma de ingresos recurrentes y menores costes (aparentes) de transacci\u00f3n para los consumidores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La evoluci\u00f3n de \u201ccomprar a suscribir\u201d parece tener un car\u00e1cter comercial, pero tiene otra dimensi\u00f3n econ\u00f3mica m\u00e1s profunda. La cuesti\u00f3n clave es, en lugar de cu\u00e1nto pagamos, qu\u00e9 adquirimos realmente por lo que pagamos. Y, sobre todo, qu\u00e9 grado de control conservamos sobre aquello que financiamos de forma peri\u00f3dica no siendo sus propietarios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El reciente documento \u201c<a href=\"https:\/\/www.snb.ch\/public\/asset\/en\/www-snb-ch\/publications\/research\/working-papers\/2026\/working_paper_2026_10\/publications0_en\/working_paper_2026_10.pdf\">Yesterday\u2019s controversies for tomorrow&#8217;s money<\/a>\u201d de Romain Baeriswyl, publicado por el Swiss National Bank, ofrece un punto de partida especialmente sugerente. Su tesis no consiste en anunciar una revoluci\u00f3n monetaria radical, sino en recordar que las controversias sobre el dinero se repiten a lo largo de la historia bajo nuevas formas. El dinero ha ido constituy\u00e9ndose sobre mercanc\u00edas naturales a metales preciosos, billetes, dep\u00f3sitos bancarios y, ahora, tokens digitales; pero siguen abiertas las mismas preguntas acerca de su origen, su naturaleza y el mecanismo que garantiza que una unidad monetaria no pueda gastarse dos veces en un mercado que evoluciona muy r\u00e1pidamente con dos referentes de emisi\u00f3n, uno centralizado y regulado (dinero fiduciario) y otro descentralizado y complejo de regular (criptomonedas).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esa evoluci\u00f3n resulta importante porque cada transformaci\u00f3n del dinero ha modificado tambi\u00e9n la relaci\u00f3n entre quien posee un activo y quien controla ese activo. El oro era simult\u00e1neamente mercanc\u00eda y reserva de valor. El billete convertible representaba un derecho sobre un activo. El dinero fiduciario rompi\u00f3 la convertibilidad y traslad\u00f3 el fundamento del sistema hacia la confianza, la legislaci\u00f3n y las instituciones financieras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Baeriswyl contrapone dos grandes concepciones. (1) Para la teor\u00eda del bien econ\u00f3mico (recurso limitado y escaso que satisface una necesidad humana y que tiene un valor de mercado por el cual se debe pagar un precio), el dinero es un medio de intercambio que permite al individuo conservar la capacidad de disposici\u00f3n sobre los bienes presentes. (2) Para la teor\u00eda del cr\u00e9dito, el dinero puede entenderse fundamentalmente como una relaci\u00f3n de derechos y obligaciones contra\u00eddas a lo largo de un tiempo futuro. La diferencia no es meramente acad\u00e9mica. En la primera concepci\u00f3n, mantener dinero significa conservar flexibilidad y capacidad de decisi\u00f3n; en cambio, conceder cr\u00e9dito implica transferir temporalmente el control sobre determinados recursos a otra persona o entidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ese razonamiento proporciona una clave para entender algo que est\u00e1 sucediendo m\u00e1s all\u00e1 del dinero: la progresiva sustituci\u00f3n de la propiedad por el acceso. La econom\u00eda industrial construy\u00f3 buena parte de su prosperidad sobre la adquisici\u00f3n de activos. Una familia compraba una vivienda; una empresa compraba maquinaria; un ciudadano compraba un autom\u00f3vil, un libro o un programa inform\u00e1tico. Una vez pagado, el activo pasaba a formar parte de su patrimonio, con las limitaciones jur\u00eddicas correspondientes. El modelo digital tiende a separar el hecho de pagar del concepto de propiedad o de dominio de lo adquirido. As\u00ed, el consumidor paga por utilizar una capacidad que permanece bajo control del proveedor sin llegar a ser nunca un activo propiedad de quien lo adquiere (a diferencia con el cr\u00e9dito que, tras el aplazamiento del pago y una vez satisfecho en su totalidad, s\u00ed se obtiene la plena propiedad).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Quien compra un bien puede decidir qu\u00e9 hacer con \u00e9l. Quien suscribe un servicio obtiene, por el contrario, un derecho contractual condicionado a la continuidad de la relaci\u00f3n con el proveedor. Si deja de pagar, pierde el acceso. Si el proveedor modifica las condiciones, el usuario debe aceptar el cambio o abandonar el servicio. Y si la prestaci\u00f3n depende de servidores, software, actualizaciones o autenticaci\u00f3n remota, incluso un objeto f\u00edsicamente adquirido puede contener elementos cuyo funcionamiento queda subordinado a terceros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Parlamento Europeo ha identificado ya este problema. Un reciente estudio sobre la propiedad en la era digital se\u00f1ala que determinados productos digitales y bienes conectados ya no proporcionan necesariamente el conjunto de derechos tradicionalmente asociado a la propiedad (usar, disfrutar, modificar o revender) y advierte de que, cuando uno de los componentes esenciales del producto es una mera relaci\u00f3n contractual, la posici\u00f3n del consumidor puede aproximarse a la de un arrendatario, usuario o suscriptor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No significa que toda suscripci\u00f3n sea una forma de dependencia ni que toda propiedad sea econ\u00f3micamente superior. Significa algo m\u00e1s preciso, en el sentido de que la propiedad concentra derechos sobre un activo, mientras que la suscripci\u00f3n concentra derechos de acceso a un servicio. La diferencia adquiere especial relevancia cuando se observa desde la perspectiva de la autonom\u00eda econ\u00f3mica. Un activo (por ejemplo, una vivienda) puede constituir una reserva de valor y, adem\u00e1s, ser transmisible. Una suscripci\u00f3n normalmente no lo es; una cuenta de streaming, una licencia de software o una capacidad de almacenamiento contratada no forman, por regla general, parte equivalente del patrimonio transmisible.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La econom\u00eda digital, por tanto, no elimina la riqueza, pero s\u00ed puede cambiar su localizaci\u00f3n. Una parte creciente del valor econ\u00f3mico se concentra en quienes poseen las plataformas, las infraestructuras, los datos, los derechos de propiedad intelectual y los algoritmos que proporcionan el acceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aqu\u00ed aparece una conexi\u00f3n interesante con Thorstein Veblen. En The Theory of the Leisure Class (1899), Veblen explic\u00f3 c\u00f3mo determinados bienes no se consumen \u00fanicamente por su utilidad, sino tambi\u00e9n por su capacidad para expresar posici\u00f3n social. Su concepto de \u201cconsumo conspicuo\u201d convirti\u00f3 el gasto visible en una herramienta de diferenciaci\u00f3n social. Durante la etapa industrial, la acumulaci\u00f3n visible de bienes pod\u00eda funcionar como demostraci\u00f3n de estatus: autom\u00f3vil, vivienda, joyas, ropa, obras de arte. En la econom\u00eda de plataformas, el estatus puede desplazarse desde la posesi\u00f3n hacia el acceso diferenciado a un mismo servicio con diferentes escalas de uso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La diferencia social puede expresarse mediante niveles de servicio como la tarifa premium, el acceso prioritario, la mayor capacidad de almacenamiento, el veh\u00edculo de gama superior disponible bajo demanda o el contenido exclusivo. Es una evoluci\u00f3n coherente con Veblen ya que cambia el objeto del consumo conspicuo, no necesariamente su l\u00f3gica. El signo de distinci\u00f3n deja de ser exclusivamente \u201clo que tengo\u201d y puede convertirse en \u201ca lo que tengo acceso\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero hay otra transformaci\u00f3n m\u00e1s importante. En el capitalismo patrimonial, el consumidor puede acumular activos. En el capitalismo de plataformas, el proveedor puede acumular relaciones recurrentes con consumidores. La diferencia es extraordinariamente relevante para la estructura empresarial. La venta tradicional termina con una transacci\u00f3n. La suscripci\u00f3n pretende que la transacci\u00f3n nunca termine. El objetivo econ\u00f3mico es convertir una decisi\u00f3n puntual en una corriente futura de ingresos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta transformaci\u00f3n coincide con la desaparici\u00f3n progresiva del precio como cifra est\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Eurostat define el \u201c<a href=\"https:\/\/granadablogs.com\/entrelineas\/2026\/09\/09\/retail-media-y-tecnofeudalismo\/\">dynamic pricing<\/a>\u201d como el uso de algoritmos autom\u00e1ticos para modificar precios r\u00e1pidamente en funci\u00f3n de las condiciones de mercado o de par\u00e1metros relacionados con el perfil y la disposici\u00f3n a pagar del consumidor. La tecnolog\u00eda no ha inventado el precio variable (los billetes de avi\u00f3n, los hoteles o los combustibles llevan d\u00e9cadas modific\u00e1ndolo), pero ha reducido radicalmente el coste de cambiarlo y ha multiplicado la informaci\u00f3n disponible para hacerlo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aqu\u00ed conviene distinguir conceptos que con frecuencia se mezclan. La discriminaci\u00f3n de precios de tercer grado consiste en dividir a los consumidores en grupos y aplicar precios diferentes a cada segmento. La discriminaci\u00f3n perfecta o de primer grado intenta aproximarse a la disposici\u00f3n m\u00e1xima a pagar de cada individuo. La literatura econ\u00f3mica distingue expresamente ambas modalidades. Los algoritmos permiten acercarse progresivamente a esa frontera porque pueden combinar variables que antes eran costosas de procesar, como ubicaci\u00f3n, hora, demanda, historial de compras, comportamiento de navegaci\u00f3n, dispositivo, frecuencia de utilizaci\u00f3n o respuesta ante precios anteriores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto no significa que todo precio din\u00e1mico sea discriminatorio ni que todo algoritmo cobre a cada persona un precio distinto. El precio din\u00e1mico puede simplemente responder a cambios en oferta y demanda. La cuesti\u00f3n problem\u00e1tica aparece cuando la capacidad de segmentaci\u00f3n permite estimar cu\u00e1nto est\u00e1 dispuesto a pagar cada consumidor y convertir esa informaci\u00f3n en una estrategia sistem\u00e1tica de extracci\u00f3n de excedentes de ahorro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Comisi\u00f3n Europea ha advertido precisamente de los riesgos derivados de la segmentaci\u00f3n y de la fijaci\u00f3n personalizada de precios, aunque tambi\u00e9n reconoce que los efectos dependen de la estructura competitiva y del comportamiento de los consumidores. El resultado puede ser un mercado en el que dos personas reciban servicios aparentemente id\u00e9nticos, pero afronten condiciones econ\u00f3micas diferentes. La informaci\u00f3n deja de ser \u00fanicamente un instrumento para elegir mejor y se convierte en un factor de poder negociador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entonces, la suscripci\u00f3n y el precio algor\u00edtmico forman, en realidad, parte de una misma arquitectura econ\u00f3mica. Si una empresa vende un producto, obtiene el ingreso cuando se produce la venta. Si ofrece acceso recurrente, mantiene una relaci\u00f3n econ\u00f3mica permanente con el cliente. Si adem\u00e1s conoce su comportamiento, puede ajustar el servicio, el contenido, la publicidad y eventualmente el precio. El activo fundamental deja as\u00ed de ser \u00fanicamente el producto, cuya propiedad mantiene el proveedor, siendo tambi\u00e9n el cliente, sus datos, su historial y la capacidad de predecir su comportamiento (formando parte de los activos intangibles del proveedor). Esta estructura presenta una asimetr\u00eda evidente. El consumidor puede disfrutar de m\u00e1s variedad y menor coste inicial, pero la empresa obtiene una relaci\u00f3n m\u00e1s estable, una fuente de ingresos recurrente y el control de la relaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por eso la cuesti\u00f3n relevante desde la perspectiva del capitalismo no deber\u00eda formularse como una oposici\u00f3n simplista entre \u00abpropiedad buena\u00bb y \u00absuscripci\u00f3n mala\u00bb. Lo relevante deber\u00eda ser qu\u00e9 derechos conserva el consumidor cuando deja de adquirir un activo y pasa a adquirir \u00fanicamente acceso. La UE est\u00e1 empezando a abordar precisamente esta frontera. Las normas sobre contenidos y servicios digitales reconocen derechos espec\u00edficos incluso cuando el consumidor entrega datos personales en lugar de dinero. Y las nuevas reglas sobre reparaci\u00f3n pretenden prolongar la vida \u00fatil de determinados bienes y reforzar la posici\u00f3n del consumidor frente a la sustituci\u00f3n permanente por productos o servicios nuevos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El trabajo de Baeriswyl termina recordando que las nuevas formas de dinero (criptomonedas, CBDCs y stablecoins) no constituyen una ruptura absoluta con la historia monetaria. Son nuevas manifestaciones de controversias antiguas sobre qui\u00e9n crea el dinero, qu\u00e9 representa y qui\u00e9n controla los activos que lo respaldan. Algo parecido est\u00e1 sucediendo con la propiedad ya que la digitalizaci\u00f3n est\u00e1 haciendo posible una econom\u00eda extraordinariamente eficiente basada en acceso, uso compartido, servicios bajo demanda y pagos recurrentes. Ser\u00eda un error negar sus ventajas. Pero tambi\u00e9n ser\u00eda ingenuo ignorar su contrapartida: cuando el acceso sustituye a la propiedad, parte de la autonom\u00eda que proporcionaba el activo se desplaza hacia quien controla la infraestructura que permite utilizarlo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El consumidor puede sentirse m\u00e1s libre porque ya no necesita comprar un bien. Pero esa libertad es distinta al elegir entre servicios disponibles, no necesariamente libertad de disponer de un activo propio. Y ah\u00ed se encuentra la paradoja de la econom\u00eda de la suscripci\u00f3n. Puede ofrecer m\u00e1s opciones y, al mismo tiempo, aumentar la dependencia respecto de las plataformas que las proporcionan. Puede reducir las barreras de entrada al consumo y, simult\u00e1neamente, dificultar la acumulaci\u00f3n patrimonial. Puede abaratar el acceso hoy mientras compromete una parte mayor de la renta futura.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La propiedad proporciona la capacidad de decisi\u00f3n, algo que la suscripci\u00f3n no garantiza. Por eso el debate econ\u00f3mico del futuro no deber\u00eda limitarse a cu\u00e1nto vale un servicio sino \u00bfqui\u00e9n posee los activos que hacen posible nuestra vida econ\u00f3mica y qu\u00e9 derechos conserva quien simplemente paga por utilizarlos?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La historia del dinero demuestra que cambiar el soporte de una relaci\u00f3n econ\u00f3mica puede cambiar tambi\u00e9n la naturaleza de esa relaci\u00f3n. El paso del oro al dinero fiduciario no fue solamente el cambio de un objeto f\u00edsico por un signo monetario. Del mismo modo, pasar de comprar a suscribirse no es solamente cambiar una modalidad de pago. Es cambiar, poco a poco, la relaci\u00f3n entre pago, propiedad, patrimonio y libertad. Y quiz\u00e1 la verdadera cuesti\u00f3n de la econom\u00eda que viene no sea si tendremos acceso a m\u00e1s cosas que nunca. Es si, al final del proceso, tendremos todav\u00eda suficientes cosas que podamos llamar nuestras y que nos permitan garantizarnos decidir libremente qu\u00e9 hacemos con ellas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.linkedin.com\/in\/jos%C3%A9-manuel-navarro-llena\/\"><strong>Jos\u00e9 Manuel Navarro Llena<\/strong><\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Director Estrategia y Marca&nbsp;<a href=\"https:\/\/sefide.com\/\">SEFIDE EDE<\/a><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Articulo publicado en IT Digital Magazine de\u00a0<a href=\"https:\/\/www.ituser.es\/\">ITUser<\/a>\u00a0n\u00ba42, p\u00e1ginas\u00a0<a href=\"https:\/\/www.itdmgroup.es\/whitepapers\/content-download\/99bca475-c32b-4366-a3a4-305742028dad\/itdm-42.pdf?s=mini\">65-69<\/a><\/p>\n\n\n\n<div data-wp-interactive=\"core\/file\" class=\"wp-block-file\"><object data-wp-bind--hidden=\"!state.hasPdfPreview\" hidden class=\"wp-block-file__embed\" data=\"https:\/\/granadablogs.com\/entrelineas\/files\/2026\/10\/itdm-42_De-Propietario-a-Suscriptor.pdf\" type=\"application\/pdf\" style=\"width:100%;height:600px\" aria-label=\"Incrustado de itdm-42_De Propietario a Suscriptor.\"><\/object><a id=\"wp-block-file--media-e978a7c8-53f8-4725-88f4-72843fc19225\" href=\"https:\/\/granadablogs.com\/entrelineas\/files\/2026\/10\/itdm-42_De-Propietario-a-Suscriptor.pdf\">itdm-42_De Propietario a Suscriptor<\/a><a href=\"https:\/\/granadablogs.com\/entrelineas\/files\/2026\/10\/itdm-42_De-Propietario-a-Suscriptor.pdf\" class=\"wp-block-file__button wp-element-button\" download aria-describedby=\"wp-block-file--media-e978a7c8-53f8-4725-88f4-72843fc19225\">Descarga<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante siglos, una de las expresiones m\u00e1s concretas de la libertad econ\u00f3mica fue la propiedad privada. 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