PLAN ESPECIAL DE LA VEGA (3). BASES Y OBJETIVOS

“El Territorio Comprometido”

En este tercer artículo de la serie sobre el Documento para la concertación del  PE de la Vega de Granada se exponen las bases y objetivos  que se plantean para el espacio de Vega.

 El futuro Plan Especial será una pieza necesaria y aglutinadora  que pretende aunar voluntades para potenciar la función de la Vega como espacio recreativo y de ocio de la aglomeración, así como para la protección de los suelos productivos y la mejora de las estructuras territoriales de la Vega, y debe engarzarse a otras acciones positivas de intervención que han de tener como objetivo básico fortalecer la agricultura y su industria auxiliar y potenciar la actividad turística.

La ordenación física de la Vega ha sido definida ya en el POTAUG, si bien,  el papel del Plan Especial será definir más pormenorizadamente su ordenación, mejorar sus estructuras y sistemas territoriales y la articulación con su entorno inmediato, así como contribuir a dinamizar las estructuras económicas en las que se sustenta este territorio.

FUENTE: Plan Especial de Ordenación de la Vega de Granada. Documento para la concertación.
FUENTE: Plan Especial de Ordenación de la Vega de Granada. Documento para la concertación.

Es por ello, que el Plan Especial ha de establecer la ordenación de zonas sometidas a restricciones de usos y trasformación que determina el POTAUG con las siguientes BASES DE ORDENACIÓN:

   El Plan ha de proteger y contribuir a la potenciación de las actividades agrícolas de la Vega

   El Plan ha de resolver la relación ciudad-campo garantizando el desarrollo de la actividad agrícola

   Los espacios libres deben conformarse como un sistema de articulación territorial del ámbito en su cuádruple perspectiva de uso público, generador de paisaje, organizador del territorio y contribuyente a la regeneración de los ecosistemas de la Vega.

   Los elementos de interés cultural de la Vega han de protegerse y estar integrados en un programa de uso público del patrimonio para su mejor valorización.

   La red de vías pecuarias ha de constituirse como uno de los soportes esenciales del sistema de espacios libres.

   Los ríos han de recuperar su función como conectores ecológicos.

   El mantenimiento y consolidación de la Vega como espacio agrario.

De acuerdo con el diagnóstico realizado, las bases propuestas y teniendo en cuenta las determinaciones de protección marcadas por el POTAUG, se establecen los siguientes OBJETIVOS:

   ESTABLECER Y ESTRUCTURAR EL SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES

El Plan deberá establecer el modelo de uso público de la Vega definiendo el conjunto de elementos y áreas que conforman el sistema de espacios libres y que estará conformado por los corredores fluviales, la red de caminos, los carriles bici, las áreas de ocio y recreo, los miradores y los espacios libres extensivos

   PROTEGER Y REHABILITAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ETNOLÓGICO

El Plan Especial deberá considerar como recursos culturales de interés territorial aquellos lugares, edificaciones y bienes que contengan valores expresivos de la identidad de la Vega en relación con el patrimonio histórico, cultural, o natural y con los usos tradicionales del medio rural.

   MEJORAR LA CALIDAD PAISAJÍSTICA

La acción del Plan deberá desarrollarse en una doble dirección: preventiva, de establecimiento de criterios y/o de condicionantes para la integración de nuevas actuaciones en el territorio y de recuperación, estableciendo medidas paisajísticas para corregir, allí donde sea posible, intervenciones que han contribuido al deterioro del paisaje de la Vega.

   ORDENAR LOS USOS DEL SUELO

El Plan Especial deberá concretar las determinaciones establecidas por el POTAUG para los suelos de la vega pormenorizando la regulación de los usos. A estos efectos determinará los usos prohibidos y las condiciones o requisitos que deberán cumplir los usos permitidos y determinará, en su caso, las instalaciones y los usos que han de quedar fuera de ordenación.

FUENTE: Plan Especial de Ordenación de la Vega de Granada. Documento para la concertación.
FUENTE: Plan Especial de Ordenación de la Vega de Granada. Documento para la concertación.

   DEFINIR EL MODELO DE MOVILIDAD DE LA VEGA

El Plan ha de definir el modelo de movilidad de la Vega, estableciendo la jerarquía y funcionalidad de la red viaria y caminera y potenciando el uso público de los transportes. A estos efectos, se deberá definir la red viaria según su funcionalidad de conexión exterior o de conexión interna de la Vega y su articulación con la red caminera.

   ESTABLECER LAS BASES DE ACCIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL

El Plan Especial ha de establecer los criterios básicos para las acciones de desarrollo rural que consolide el sector agrícola, promueva la formación agroambiental y empresarial de los agricultores y su asociacionismo, a la vez que favorezca la investigación para la mejora de los cultivos, establezca e impulse la puesta en valor del patrimonio natural, cultural e histórico de la Vega para potenciar el turismo cultural y rural y propicie una imagen de marca Vega de Granada.

El documento completo podéis descargarlo en el siguiente enlace: PINCHA AQUI

Charo Pérez Oramas y Jesus María Cuesta Guerrero, arquitectos de GRarquitectos