{"id":9560,"date":"2012-12-05T07:00:59","date_gmt":"2012-12-05T05:00:59","guid":{"rendered":"http:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/?p=9560"},"modified":"2012-12-05T09:27:47","modified_gmt":"2012-12-05T07:27:47","slug":"decreto-de-proteccion-del-litoral-acierto-u-oportunismo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/2012\/12\/05\/decreto-de-proteccion-del-litoral-acierto-u-oportunismo\/","title":{"rendered":"DECRETO DE PROTECCI\u00d3N DEL LITORAL ANDALUZ, \u00bfACIERTO U OPORTUNISMO?"},"content":{"rendered":"<h4 style=\"text-align: justify\">\u00abEl Territorio Comprometido\u00bb<\/h4>\n<p style=\"text-align: justify\">La publicaci\u00f3n del Decreto-Ley 5\/2012 de 27 de Noviembre <strong>medidas urgentes en materia urban\u00edstica y para la protecci\u00f3n del litoral de Andaluc\u00eda <\/strong>es una buena noticia para los que pensamos que la preservaci\u00f3n del litoral es una prioridad para un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio. En este caso Andaluc\u00eda vuelve a ser pionera. M\u00e1s all\u00e1 del oportunismo pol\u00edtico, que tal y como ya suceder\u00eda con la Ley del Suelo de 1998, pretende enfrentar a la Junta de Andaluc\u00eda con el Gobierno de Espa\u00f1a a partir de la reforma de la Ley de Costas, hay que celebrar que por fin se coja el toro por los cuernos y se intente frenar de una vez por toda la invasi\u00f3n indiscriminada del litoral.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00a0En 1994, la Ley de Ordenaci\u00f3n del Territorio de Andaluc\u00eda (LOTA) ya supuso un gran avance en la ordenaci\u00f3n sostenible del territorio andaluz y ahora es este Decreto-Ley el que viene a reforzar lo dicho entonces, aportando un nuevo y necesario marco legal que representa el segundo escal\u00f3n para su ordenaci\u00f3n y desarrollo sostenible: En primer lugar el marco de todo el territorio andaluz con la LOTA y su instrumento de planificaci\u00f3n de mayor jerarqu\u00eda, el <strong>Plan de Ordenaci\u00f3n del Territorio<\/strong> de Andaluc\u00eda (POTA); ahora este segundo escal\u00f3n, que supone fijar la atenci\u00f3n en la banda litoral con m\u00e1s de 1.000 Km de longitud, creando la figura del <strong>Plan de Protecci\u00f3n del Corredor Litoral<\/strong>, y el \u00faltimo pelda\u00f1o, con los <strong>Planes de Ordenaci\u00f3n de \u00e1mbito subregional.<\/strong><\/p>\n<figure id=\"attachment_9561\" aria-describedby=\"caption-attachment-9561\" style=\"width: 560px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"http:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/Evoluci\u00f3n-de-la-superficie-urbanizada-alterada-en-la-costa.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-9561\" src=\"http:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/Evoluci\u00f3n-de-la-superficie-urbanizada-alterada-en-la-costa.jpg\" alt=\"Evoluci\u00f3n de la superficie urbanizada-alterada en la costa granadina. FUENTE: juntadeandalucia.es\" width=\"560\" height=\"374\" srcset=\"https:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/Evoluci\u00f3n-de-la-superficie-urbanizada-alterada-en-la-costa.jpg 560w, https:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/Evoluci\u00f3n-de-la-superficie-urbanizada-alterada-en-la-costa-300x200.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 560px) 100vw, 560px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-9561\" class=\"wp-caption-text\">Evoluci\u00f3n de la superficie urbanizada-alterada en la costa granadina. FUENTE: juntadeandalucia.es<\/figcaption><\/figure>\n<p style=\"text-align: justify\">Pero incluso mucho antes del POTA \u00a0la Junta ya inici\u00f3, durante la d\u00e9cada de los noventa, varios intentos de similares caracter\u00edsticas, paraliz\u00e1ndolos en cuanto vio atisbo de desarrollismo inminente. Las Directrices Regionales del Litoral de Andaluc\u00eda (1990) y el Programa de Planeamiento Litoral (1985-1992), son esos documentos que por distintas razones nunca llegaron a buen puerto, tal y como pudo comprobar el Defensor del Pueblo Andaluz, la \u00fanica instituci\u00f3n que parece haberse preocupado por la aplicabilidad de los mismos, que lleg\u00f3 a manifestar que encontraba inexplicable y \u201c<em>al menos controvertida<\/em>\u201d la no publicaci\u00f3n de las disposiciones normativas de las Directrices, algo que pudiera pasar con el Plan que ahora se enarbola, pues ya de entrada se establece el plazo de 2 a\u00f1os para su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">As\u00ed, s\u00f3lo el POTA fue capaz de regular, en parte, este \u00e1mbito, pero el tama\u00f1o de su escala de planeamiento no hace factible una aplicaci\u00f3n con el grado de detalle que requiere el extenso litoral andaluz, ni mucho menos bajar al plano de la gesti\u00f3n urban\u00edstica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00a0Por tanto, tal y como ya advirtiera el Defensor del Pueblo Andaluz hace la friolera de 20 a\u00f1os, \u201c<em>se recomienda que se estudie la posibilidad de tramitar una Ley de Ordenaci\u00f3n y Protecci\u00f3n del Litoral Andaluz que sea realmente un marco normativo<\/em>\u201d para el litoral, y dice una ley y no un plan, algo de lo que Andaluc\u00eda ha carecido en los a\u00f1os m\u00e1s cruciales de los recientes tiempos y que ahora tanto echamos en falta.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00a0Sin embargo, el acierto de esta medida no ser\u00e1 visible de forma inmediata, al contrario, ya se conocen las primeras reacciones adversas. Pero es f\u00e1cil vislumbrar como un gran valor de futuro la preservaci\u00f3n y mejor uso de esta franja litoral, puesto que a buen seguro acabar\u00e1 constituyendo un atractivo de primer orden para la poblaci\u00f3n y para la actividad econ\u00f3mica que ya se asienta o que se vaya a asentar en nuestro litoral. La protecci\u00f3n no significa no crecimiento, significa preservar los valores existentes y ordenar en base a ellos, imponiendo los l\u00edmites necesarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00a0La reacci\u00f3n adversa referida puede compararse a la que ha sucedido tantas veces en las ciudades hist\u00f3ricas en la que se ha limitado o expulsado el tr\u00e1fico de las calles, imponiendo la peatonalizaci\u00f3n, y cuya consecuencia inmediata fue el rechazo de comerciantes y residentes, rechazo que con el tiempo se ha tornado en aceptaci\u00f3n y a continuaci\u00f3n reconocimiento del beneficio que les ha reportado a sus negocios y a su calidad de vida, respectivamente. As\u00ed mismo ha de suceder con esta medida de control de la franja litoral andaluza. Lo que ahora se rechaza, con el tiempo se reconocer\u00e1 como acierto en cuanto a la mayor atracci\u00f3n de inversiones que supondr\u00e1 un territorio bien conservado y ordenado, y en cuanto a mejora en la calidad de vida para los residentes que se asentar\u00e1n sobre un territorio costero cuya franja litoral est\u00e1 bien protegida y es disfrutable para toda la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<figure id=\"attachment_9562\" aria-describedby=\"caption-attachment-9562\" style=\"width: 520px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"http:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/rincon-de-la-victoria1.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-9562\" src=\"http:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/rincon-de-la-victoria1.jpg\" alt=\"Rincon de la Victoria. FUENTE: igua.es\" width=\"520\" height=\"408\" srcset=\"https:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/rincon-de-la-victoria1.jpg 483w, https:\/\/granadablogs.com\/gr-arquitectos\/files\/2012\/12\/rincon-de-la-victoria1-300x235.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 520px) 100vw, 520px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-9562\" class=\"wp-caption-text\">Rincon de la Victoria. FUENTE: igua.es<\/figcaption><\/figure>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00a0Por otro lado, uno de los aspectos fundamentales que incorpora este decreto-ley y que quiz\u00e1s sea el que est\u00e1 pasando m\u00e1s desapercibido, sean las disposiciones finales primera a octava. Entre otros motivos porque no tiene nada ver estrictamente con \u201cla protecci\u00f3n del litoral\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00a0No entraremos a valorar si estas \u201cmedidas urgentes en materia urban\u00edstica\u201d que incorpora el decreto ley no se deb\u00edan haber introducido en la Ley 2\/2012, de 30 de enero, de modificaci\u00f3n de la Ley 7\/2002, de 17 de enero, de Ordenaci\u00f3n Urban\u00edstica de Andaluc\u00eda (LOUA), en la que se introdujeron cambios sustanciales en la ley urban\u00edstica y que se aprob\u00f3 hace unos meses, en lo que s\u00ed nos pronunciaremos es en considerar que se da otro paso importante para agilizar la tramitaci\u00f3n del planeamiento urban\u00edstico de nuestros municipios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u00a0Tras la creaci\u00f3n del \u00f3rgano colegiado de coordinaci\u00f3n, encargado de la recepci\u00f3n y remisi\u00f3n de los informes, dict\u00e1menes o pronunciamientos de los distintos \u00f3rganos y entidades representativas que intervienen en la tramitaci\u00f3n del planeamiento urban\u00edstico, para el que la modificaci\u00f3n de la LOUA estable un periodo de un a\u00f1o para su creaci\u00f3n y la disparidad de los plazos fijados para la emisi\u00f3n de los informes de cada organismo sectorial, imposibilitaba el funcionamiento de este \u00f3rgano de coordinaci\u00f3n y, en consecuencia, la agilizaci\u00f3n efectiva de la tramitaci\u00f3n del planeamiento, por lo que resultaba necesario que, antes de la aprobaci\u00f3n del Decreto por el que se crea el \u00f3rgano colegiado de coordinaci\u00f3n, se armonizaran los plazos para la emisi\u00f3n de los informes preceptivos, de forma que se garantice su emisi\u00f3n conjunta por el \u00f3rgano colegiado. Es por ello que nos congratulamos que se modifican puntualmente diversas legislaciones reguladoras de los plazos de emisi\u00f3n de los citados informes, estableciendo un plazo m\u00e1ximo tres meses entendi\u00e9ndose favorable si no se emite en dicho plazo, como medida necesaria para que de una vez por todas la tramitaci\u00f3n urban\u00edstica no sea suplicio para los ayuntamientos de nuestra comunidad y para los t\u00e9cnicos que la redactan.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00abEl Territorio Comprometido\u00bb La publicaci\u00f3n del Decreto-Ley 5\/2012 de 27 de Noviembre medidas urgentes en materia urban\u00edstica y para la protecci\u00f3n del litoral de Andaluc\u00eda es una buena noticia para los que pensamos que la preservaci\u00f3n del litoral es una prioridad para un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio. 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