¿Como se denomina la palabra que identifica la reacción de un partido que pretende acallar el derecho a la libertad de expresión en un blog?

Vídeo que Izquierda Unida pretende «censurar» en este blog

Acabo de recibir un escrito registrado por la Concejala de Izquierda Unida en Jun, Dª Ana Martín Fuentes en el cual me amenza en nombre de su formación política con «tomar las medidas legales oportunas» si «no retiro de inmediato el resumen del vídeo del pleno del pasado domingo», en una clara vulneración de uno de los derechos mas sagrados que existen en nuestra vigente Constitución: el Derecho a la libertad de expresión, art. 20.

La concejala nobel, que apenas lleva cinco días en el ejercicio del cargo, tuvo una desafortunada intervención en la que pudieron aflorar formas que cuando uno ve con posterioridad en un video y sobre todo se escucha, te hacen recordar que maldita la gracia que tiene you tube y sobre todo el blog del Alcalde de Jun por repetir una y otra vez el resumen del Pleno que el famoso canal de you tube limita a 10 minutos como máximo, aunque a ella solo le hemos dedicado algo menos de un minuto, porque si no habríamos descubierto las constantes y desafortunadas interrupciones al Alcalde mientras hacia uso de la palabra.

Me pide en su escrito, copia del vídeo de la sesión, olvidando que los plenos de Jun s0n retransmitidos en riguroso directo a través de Justin TV (canal internacional de Internet), con cuatro cámaras diferentes y a través de la IPTV municipal, señal que cualquier persona del mundo, incluso en Hong Kong puede grabarse en casa o en diferentes dispositivos  y si no lo hacen, es porque no quieren, no saben o les interesa desconocerlo.

Pero lo que clama al cielo es la sentencia nº42 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección primera, en la cual se amparan para hablar de libertad de expresión coartada. Pues bien, curiosamente hemos tenido acceso a la sentencia mencionada y en la misma se produce el hecho contrario al que se denuncia, es decir, el Alcalde de Manises impide grabar en vídeo en el salón de plenos municipal y la Sala condena al Ayuntamiento para que restituya un derecho reconocido en la Constitución Española.

Llegado a este punto, me pregunto: ¿No es Izquierda Unida un paladín de la participación ciudadana y de la libertad de expresión?. Entonces,¿ porque les fastidia tanto escucharse a si mismos en un vídeo?.

El asunto lo tiene en estos momentos el gabinete jurídico del Ayuntamiento de Jun que de entrada se ha quedado sorprendido como un partido político puede inmiscuirse en la libertad de expresión de un alcalde que solo pretende comunicar lo que acontece en el día a día de la institución y también en los plenos del municipio.

Para documentar mejor todo este asunto, podemos ver el vídeo resumen del pleno que Izquierda Unida pretende hacerme descolgar de mi blog y en donde se puede observar como la concejala aludida se manifiesta contraria al Blog y a continuación el vídeo en el cual tuve que pedir el desalojo del Secretario de Politica Municipal de Izquierda Unida, el Diputado Julio Bernardo cuando dábamos cuenta en el pleno de la Sentencia sobre el desalojo de la actual concejala y entonces militante de Izquierda Unida que además denunció a la Jefa de la Policía Local por cumplir con su deber como recoge el auto de la Audiencia Provincial y en donde se puede escuchar en off en un tono muy parecido al que utilizó en el pleno de su toma de posesión y que según parece a ella misma tampoco le gusta escuchar.

Solo una cosa mas. ¿Cómo se denomina esa palabra que identifica la reacción de un partido que pretende acallar la voz y el derecho a la libertad de expresión?. Espero respuestas….