Nadie, ni siquiera los padres, puede privar a unos niños de su derecho a la educación. Es bueno que la Justicia actúe en estos casos. Desgraciadamente, siempre hay casos, pero lo mejor es darle publicidad para que todos tomemos nota y no nos olvidemos de nuestros deberes. La información es del diario La Voz de Cádiz. «Unos padres de Chiclana han sido condenados por no llevar a su hijo al colegio desde hace más de diez años. Los hechos se iniciaron en el curso académico 2000/2001, y han seguido el procedimiento reglado por la delegación de Asuntos Sociales en este tipo de casos tipificados como graves, hasta llegar a la Fiscalía del Menor de Cádiz, y a la condena dictada hace unas semanas por un juzgado de la capital.
Los hechos son constitutivos de un delito de abandono de familia, y la condena impuesta a los progenitores es de tres meses de prisión con inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas por mitad. El juez manifiesta que el acusado omitió voluntariamente los deberes esenciales inherentes a la patria potestad, especialmente el de cuidado, educación u formación de su hijo, ya que el menor ha faltado injustificadamente en numerosas ocasiones al Centro Escolar desde el curso 2003-04 hasta el curso 2007-08.
Se trata de la novena sentencia condenatoria a unos padres que se produce en Chiclana en los últimos meses. En este caso la gravedad de lo ocurrido es patente, dado el gran número de años en los que el menor faltó de manera reiterada a clase, llegando a no estar siquiera matriculado en algunos de ellos de forma íntegra».