Aquí os dejo una sentencia de don Emilio que he publicado hoy en IDEAL. Espero que sea de vuestro interés.
«Salvando las distancias, esta historia parece el argumento de uno de aquellos novelones de Charles Dickens en los que se entremezclaban vidas adolescentes, crítica social y un final reconfortante y justo, sobre todo, justo.
Porque dos siglos después, en la teórica Europa del bienestar, sigue habiendo niños como Oliver Twist. La única diferencia es que los ‘Oliver Twist’ de hoy, en lugar de en Londres, han venido al mundo en Transilvania, por poner un ejemplo. Es el caso del caco que protagoniza esta noticia. Porque el chico es un ladrón. Ni presunto ni nada. Ni siquiera él lo negó. No hizo falta celebrar la vista oral del juicio. Fue un alivio para todos. El muchacho, extranjero de etnia gitana, no hablaba español y su rumano, salpicado de términos en romaní, tampoco era excesivamente ortodoxo. Pese a que había una intérprete en la sala, al acusado le costaba hacerse entender… y al tribunal, entenderle.
Por eso fue un descanso que el muchacho se conformase con la pena, doce meses de libertad vigilada, y ahorrase a las partes el trámite -normalmente complejo- de la vistal oral: ‘que pase el acusado’, ‘tiene la palabra el Ministerio Fiscal’, ‘tiene la palabra la defensa’, ‘que entre el primer testigo’, etc. Nada de eso fue necesario. El joven reconoció el ‘crimen’: a finales de octubre de 2011, y «con ánimo de ilícito beneficio» -esto es, con la intención de apropiarse de lo que no era suyo- entró en una vivienda «habitada» de una población cercana a Granada. Su irrupción en la casa no fue pacífica: arrancó una reja «de la ventana del porche» del inmueble y fue por allí por donde se coló. Es decir, que cometió un robo con fuerza, que es más grave que si no hubiera habido daños.
Una vez dentro del domicilio en cuestión, el joven se apropió «de una chaqueta de hombre, diversa bisutería, un sello de oro, unas gafas graduadas, un chaquetón de mujer, una minicadena y un reloj». Un delito de libro que, en el caso de los adultos, puede conllevar condenas de hasta tres años de prisión.
Pero la Justicia de los menores es relativamente diferente a la de los mayores: en los platillos de la balanza que maneja la dama de los ojos tapados caben otros matices. La Ley del Menor ordena que, a la hora de imponer una medida a un chaval -de ‘condenarlo’- «se deberá atender de modo flexible, no sólo a la prueba y la valoración jurídica de los hechos, sino especialmente a la edad, las circunstancias familiares y sociales, la personalidad y el interés del menor».
Nunca fue al colegio
Pues bien, las «circunstancias» de este ‘Oliver Twist’ rumano son penosas. A pesar de que pronto cumplirá los 18, no ha pisado una escuela en su vida. Es analfabeto y no conoce la lengua castellana. También es pobre de solemnidad y llegó a España acompañado de su novia, otra adolescente con un nivel de formación igualmente deficiente. «Los hábitos de higiene y cuidado personal están poco interiorizados, no presenta intereses de futuro…», detalla la sentencia. Con ese triste currículum, el joven se ha dedicado a robar. No es una justificación, pero parece hasta lógico.
La sentencia, dictada ahora por el magistrado Emilio Calatayud -titular del Juzgado de Menores 1 de Granada-, pretende ir a la raíz del problema y ‘condena’ al chico «a aprender español». Además, durante los doce meses que estará bajo la vigilancia del tribunal, «sus actividades y relaciones» estarán sometidas a controles. Al mínimo fallo, podría ser acusado de desobediencia y, muy probablemente, tendría que ingresar en un correccional. De momento, va a tener su oportunidad. Esa que parece que, hasta ahora, nadie le había dado.