ARQUIDERECHOS HUMANOS (22)

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Patio de los Leones. Fuente: alhambradegranada.org
Patio de los Leones. Fuente: alhambradegranada.org