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La proliferación de viviendas en suelo no urbanizable en los últimos años ha sido exponencial. La Junta de Andalucía trata de dar respuesta a esta situación con un decreto que se está tramitando actualmente y que recoge la siguiente noticia publicada en el País Digital:
El decreto sobre las casas levantadas sin permisos que tramita la Junta fija los requisitos que permitirán que las viviendas aisladas construidas en el suelo no urbanizable contraviniendo el ordenamiento urbanístico que tengan más de cuatro años, siempre que no ocupen espacios especialmente protegidos, puedan continuar en pie y ser usadas.. El decreto parte del planteamiento de que una cosa es dar respuesta y poner orden a una realidad sobrevenida y otra legalizar lo que la ley no permite.
Estas casas serán toleradas (los Ayuntamientos concederán una resolución de reconocimiento) y quedarán en una situación de asimiladas al régimen de fuera de ordenación. Ello significa que el reconocimiento no implica la legalización de la edificación, de forma que no podrán obtener licencia de primera ocupación ni tendrán derechos reconocidos ante posibles procedimientos administrativos (expropiaciones o deslindes, por ejemplo) y penales.
Entre las condiciones de habitabilidad se incluye que las viviendas tengan suministros de servicios básicos. Cuando sea imposible acceder a las redes generales de abastecimiento de estos, deberá resolverse con instalaciones autónomas y sujetas a autorizaciones ambientales y siempre costeadas por los propietarios.
El plazo de cuatro años atrás que delimita las viviendas que pueden acceder a este reconocimiento viene dado porque es el periodo en el que, según la legislación, prescribe el plazo en el que la Administración puede intervenir para expedientar las construcciones aisladas en suelo no urbanizable y requerir la reposición de la realidad física alterada, salvo que estén en suelos protegidos o afectados por riesgos naturales, que no caducan nunca.
Cuando entre en vigor el decreto que la Junta comenzó a tramitar el 6 de julio, solo quedarán expuestas a una condena de demolición las viviendas que ocupen suelos especialmente protegidos por el ordenamiento o normas sectoriales y las que no tramiten y cumplan los requisitos de estos permisos de reconocimiento.
Se estima que la inmensa mayoría de las casas de campo ahora en un limbo jurídico podrán regularizarse por esta vía. Solo en las comarcas de la Axarquía y Valle del Almanzora, donde la Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha realizado un censo de construcciones en suelo no urbanizable, se han identificado 25.457 casas, de las que el 89% son susceptibles de reconocimiento según los requisitos del borrador del decreto. En el conjunto de Andalucía se estima que existen entre 300.000 y 500.000.
El fenómeno es complejo. El borrador del decreto contempla una variada gama de situaciones para las que propone distintas respuestas. En función de la implantación de las edificaciones, se distinguen tres tipos: asentamientos urbanísticos, hábitat rural diseminado y las mencionadas construcciones aisladas.
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