Encontrarse en la calle un billete de 500 euros con los tiempos que corren es todo un golpe de suerte. Que sean una decena, todo un premio de lotería. Ahora bien, que estén recortados en numerosos pedazos, toda una desagradable sorpresa. La historia, por insólita que parezca, aconteció el pasado martes en la localidad granadina de Motril, cuando un operario del servicio de limpieza halló en el Paseo de las Explanadas, al menos diez ejemplares de billetes de 500 euros troceados. Una suma nada despreciable que inmediatamente puso en conocimiento de sus superiores y de la Policía.
Independientemente de lo absurdo que pueda parecer destruir dinero, uno que es un tanto curioso, se plantea si por ende, pudiera constituir un delito punible por el hecho de ser una divisa oficial emitida por un ente público como el Banco de España. De hecho, el papel en el que se imprime, costeado a cargo del erario público, tiene la consideración de bien público, y por tanto, no sería descabellado aplicar lo dispuesto en el artículo 264.1.4 del Código Penal, sobre las penas por daños a propiedades ajenas o de dominio o uso público. Éste es uno de los supuestos que se plantean en el Foro de Derecho, Pórtico Legal, como partida para debatir sobre la posible sanción de la rotura o deterioro premeditado de moneda. El debate no es baladí, y si no, prueben a realizar una consulta entre sus amistades y verán que la cuestión no queda nada clara a priori.
Indagando en la normativa que al respecto facilita el Banco de España encontramos que, si bien los billetes y monedas de euro son medios de pago de curso legal, nada se especifica sobre la propiedad de la divisa y su «uso común». Eso sí, la normativa indica claramente que solo el Banco de España es el único emisor legitimado por el Banco de Europa para producir moneda de curso legal. Es por ello que solo se contempla como delito la falsificación de moneda, sin existir causa punible alguna a la destrucción de billetes u otros tipos de divisa de curso legal. No obstante, al respecto, sí existe una campaña de comunicación para sensibilizar al público sobre la importancia de conservar en buen estado los billetes de euro, pero en ningún caso sanciona la destrucción de los mismos.
Por último, comentar que encontrarse billetes troceados no tiene por qué ser una faena, ya que el Banco de España los canjea por nuevos siempre y cuando se presente más de la mitad de la superficie original del billete. Por tanto, no sé si procederá, pero si nadie reclama los billetes de 500 euros troceados, ¡enhorabuena al trabajador de la limpieza de Motril por su hallazgo y por su actuación ejemplar!
Por supuesto, que es delito, romper, escribir y pegare fuego a moneda del estado. Albaycin
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Hazte otra pregunta, ¿sería delito quemar sellos? También son emitidos por la FNMT con papel a cargo del erario público. Aparte, el BE destruye diariamente todos lo billetes que están deteriorados, por lo que, según tu afirmación, estaría cometiendo un delito. Ten en cuenta que la demanda de efectivo es calculada periódicamente por el BdE, por lo que en el supuesto absurdo de que alguien quemara todos los billetes de 500 euros, el BE volvería a emitirlos a cargo de otros de menor valor. Al final la Oferta de Dinero (Efectivo + Depósitos) tiene que estar equilibrada.
Por último ponte en otro supuesto. No se queman ni se destruyen pero se esconden.
Saludos.
A una empresa la multaron porque compraba pesetas para convertirlas en arandelas, ya que la peseta ya valía por el metal más que su valor facial.
Hola. Agradecería una referencia de esa noticia porque no he encontrado nada en Internet de ese caso. Gracias.
No tengo referencia a esa noticia yo tampoco ni la he encontrado, pero una parte de lo que dice si es verdad…
Las pesetas, concretamente las llamadas »rubias», fue el ultimo exponente vivo de lo mas parecido a »pagara al portador» (aunque en este caso su valor metalico en moneda) porque con el paso de los años i la inflacion, el valor del metal de la moneda superaba a una peseta…
Es decir, que en los ultimos años de las pesetas »rubias» merecia la pena (hasta cierto punto, es una forma de hablar) acaparar pesetas »rubias» i quedarselas porque el valor metalico de cada moneda superaba el de una peseta…
No se que edad tendra usted, señor Hidalgo, pero intuyo que es joven i no se si ha conocido esas monedas »rubias», pero le aseguro que aquellas monedas pesaban creo que mas que las actuales monedas de 1 €uro, no voy a ir ahora a casa a sopesarlas i compararlas pero creo recordar no equivocarme…
Como dato adicional, decir que las monedas de peseta »rubia» se dejaron de producir por ese motivo en mitad de los ’80 (aunque no fueron retiradas) i fueron sustituidas por una tirada de color plateado precisamente porque habia que rebajar el valor de metal. Como curiosidad, aunque las »rubias» no fueron retiradas, si que »desaparecian», tanto asi que cuando decidieron retirarlas de la circulacion en los ’90, no fueron canjeadas todas aquellas que calculaban que regresarian al Banco Central…
Se fabricaban con el mismo peso i metal desde los ’40 i la inflacion de esas cuatro decadas habia provocado que, por primera vez, el valor del metal de una moneda superara el valor facial…
Saludos…
Hola. Sí que me acuerdo de las ‘rubias’ y de lo que ocurrió con ellas cuando su valor facial era menor al metal; la sustituyeron por otra de ‘hojalata’, y posteriormente, la redujeron a un botón. Le agradezco su interesante aportación. Saludos.
Yo entiendo que el estatuto de la propiedad es extensible al billete y por lo tanto, éste completamente disponible por su tenedor. Más aún teniendo en cuenta las posibilidades que tiene hoy el Banco Central de calcular la demanda de efectivo necesaria, y el hecho de que la gran mayoría del cash no está impreso. Creo que únicamente sería delito en el caso de que un supermultimillonario acumulara una cantidad ingente de efectivo para quemarlo y así influir en la economía por la falta de divisas en efectivo.
Hola, crees que lo mismo pasa en otros países como Colombia? Te agradecería mucho si tienes una respuesta
Tendrás que mirar en la normativa del Banco de Colombia que, por norma general, no suele diferir del resto de leyes internacionales. Saludos.
No lo entiendo, es un poco absurdo. Pongamos que, yo puedo comprar una tele y decido que como es mía puedo quemarla, romperla, destruirla … y no puedo con el dinero que he conseguido con el sudor de mi frente? anda hombre, haré con mi dinero lo que me de la puñetera gana. Será peor para mi, pero es algo que nadie va a echar en falta.
Puedes hacer lo que quieras con tu dinero porque no es delito destruirlo. Está explicado en el artículo. Lo que único que es perseguido es la falsificación. Saludos.
Es «delito» pero a la vez no lo es.
Destruir billetes no es delito. No está penalizado. Mucha gente piensa que sí lo es, pero legalmente, no lo es. Saludos.
Es que tu has ganado »el valor del billete», no su propiedad…
Soy un poco torpe explicandome pero hay que diferenciar entre la »propiedad del billete» y el »valor facial del billete»…
Tu, con el sudor de tu frente (aunque eso habra que verlo, porque quien mas presume es quien menos trabaja, pero es otra cuestion) has ganado una cantidad de dinero que antes, hasta 1971, estaba respaldada por materiales preciosos, comunmente se creia que oro y en verdad asi era, pero no necesariamente era imprescindible que fuese oro, podia ser cualquier otro valor del Estado…
Entonces, hasta cierto punto, si destruias el papel, perdias tu derecho al »oro» en caso de catastrofe, cambio de moneda o de sistema economico, pero seguia existiendo el oro y, tras un cambio de moneda, se podian imprimir mas billetes respaldados por ese oro para sustituir al papel moneda no presentado para su canje en el tiempo estipulado…
Es decir, que si se perdian 300.000 millones en papel que no se presentaban en el tiempo estipulado, el Estado quedaba como propietario de ese valor de oro porque habias quemado el papel…
La perdida del respaldo de oro la hizo U.S.A. en 1971 de manera oficial, pero ya se hacia de manera extraoficial, reconocida pero no publicitada, en los paises sovieticos desde los años ’40, por eso alli se castigaba con severas penas de carcel la destruccion de propiedad publica…
Ahora son promesas de pago (¿alguien ve en algun billete aquella frase hasta bien entrados los ’80 de »El Banco de España pagara al portador…»?), tu tienes el valor del dinero pero el papel es, en cierto modo, propiedad del Estado…
Puedes guardarlo porque eres propietario del valor del billete como promesa de pago, pero no puedes destruirlo porque al ser una promesa de pago el Estado NO PUEDE IMPRIMIR DINERO porque falten billetes, eso crea inflacion…
El Estado imprime billetes para sustituir a los que se presentan deteriorados, NO PARA LOS QUE »VAN FALTANDO»..
Y, para los de izquierdas, decirles que el papel moneda, al ser propiedad del Estado (no creeis en la propiedad privada, os lo recuerdo) debeis acatar las normas y leyes que aplique el Estado sobre su utilizacion sin rechistar, que ya se encarga el Estado de pensar…
La ciudadania, a producir y a no pensar, que ya se encarga el Estado de hacerlo por el bien comunitario de la sociedad. Es que es lo que me faltaba por escuchar, un izquierdista que no quiere que el Estado le diga lo que tiene que hacer…
Hola. La argumentación es buena, pero no es correcta. El actual ordenamiento jurídico no contempla sanción alguna por la destrucción de billetes. El error que cometes es considerar que todo el dinero que existe está en billetes y monedas (patrón oro), cuando realmente casi todo el dinero es virtual, (existe en valor contable). En realidad, sólo una pequeña parte de ese dinero virtual circula en metálico (base monetaria). La mayoría se intercambia en transacciones electrónicas como una compra con tarjeta.
Por tanto, el BCE lo que hace regularmente es ajustar ciertos agregados para calcular el dinero que debe poner en circulación, el efectivo. En ese proceso se incluyen los billetes deteriorados y por supuesto, los destruidos. Porque recuerden, el dinero como la materia, no se destruye, se transforma. Es decir, que si tu quemas un billete, lo que haces es destruir tu derecho a reclamar la deuda que el BCE tiene contigo. El valor contable sigue existiendo, pero ahora ya no es tuyo, es del BCE.
Destruir billetes será una estupidez, pero no es delito.
Saludos.
Se que no esta en pagro oro…
Ya dije que desde 1971, de manera oficial, los E.E.U.U. cambiaron el patron oro (u otros metales preciosos) por el valor fiduiciario y, en los siguientes años, los demas paises le siguieron la estela…
En verdad la Unon Sovietica ya lo hacia de manera oficiosa desde siempre de ahi su enorme crecimiento i, a la vez, su enorme inestabilidad, imprimian moneda como si no hubiera un mañana hasta que ya colapsaron, aunque en 1971 los E.E.U.U. les imitaron para crecer i competir con ellos pero no han colapsado (aunque dicen que estan al borde ya)…
No hay que olvidar que el cambio de formato de los billetes de peseta a finales de los ’70 fue unica i exclusivamente para retirar de la circulacion todos los billetes que rezaran aquello de »El Banco de España pagara al portador…» y sustituirlos por los nuevos sin esa leyenda impresa..
No fue motivado, en ningun caso i en contra de la creencia popular, por el cambio de regimen, puesto que las personas que ilustraban los billetes de 100, 500 i 1000 pesetas renovados en la tirada de 1971 para sustituir a los de la tirada de 1957 i 1965 eran personas que, perfectamente, podian convivir con la democracia (Manuel de Falla, Jacinto Verdaguer i Jose Etxegaray) No eran personajes politicos de la dictadura, eran un compositor, un poeta i nada menos que un Premio Nobel de la Literatura (i vasko) pero habia que retirar esos billetes porque el Banco de España ya no responderia por esos billetes…
De hecho, las monedas con el perfil de Franco convivieron hasta 1996, asi que eso de que cambiaron los billetes por motivos politicos, nanay de nanay, sino, hubiesen retirado de la circulacion (con mas motivo) las monedas…
De hecho, en 1976 se expidio a bombo i platillo, el nuevo billete, hasta entonces inexistente, de 5000 pesetas con la leyenda »El Banco de España pagara al portador…» con la imagen de Carlos III i, solamente un par de años mas tarde, hubo que cambiarlo por otro del mismo valor facial sin la leyenda porque en 1977, con la llegada de la democracia, se abandono el patron oro…
Por fin alguien que me lo explica, gracias !! jajajaja, y sí, literalmente me gano el dinero con mucho sudor, si me pusiera a contarte mi vida, pero no es plan.. De nuevo, mil gracias por el tocho que te has currado. Aún así es un poco absurdo, pero por otro lado tiene bastante sentido.