“El Territorio Comprometido”
La nueva de Ley de Costas que se encuentra actualmente en tramitación esta creando polémica. Como no podía ser de otra manera, al tratarse de una legislación que atañe a unas zonas tan sensibles en tantos sentidos como el nuestro litoral. En el siguiente artículo que hemos encontrado en la prensa digital podemos ver un ejemplo de ello.
Para comprender la nueva Ley de Costas hará falta tener a mano un mapa de España. Porque la ley, establece distinto trato en función de la zona. Unas 10.000 viviendas de una decena de núcleos conflictivos quedan excluidas de ser dominio público marítimo-terrestre. Y lo hacen sin informe técnico ni justificación del Gobierno sobre por qué los elige. Además, la isla de Formentera, un paraíso casi virgen, tendrá una definición de la zona protegida más laxa para no proteger toda la superficie. Por último, en algunas rías la servidumbre de protección bajará de 100 a 20 metros. Las viviendas en la playa del resto del litoral podrán seguir 75 años más, que se suman a los 30 años o 60 que ya les dio la actual ley, vigente desde 1988.
El Ministerio de Medio Ambiente ha redactado la primera reforma legal de calado en 24 años de la norma, que ni Aznar tocó. Lo que hace es mantener todo lo ya construido y quitarle problemas a los ocupantes de las viviendas. Y lo hace sin desmontar toda la arquitectura jurídica de la ley. Salvo en los sitios más conflictivos, donde intenta sofocar el incendio eximiéndoles de la norma. Pero corre el riesgo de enfadar a todos y que los propietarios de otros lugares o los ya derribados exijan el mismo trato que los de estos 10 enclaves.
Basándose en un criterio desconocido, Medio Ambiente saca del dominio público 10 núcleos de población que suman unas 10.000 viviendas. Son zonas de muy distinto origen: desde las casas de pescadores de El Palo (Málaga); las viviendas de Oliva (Valencia), cuyo deslinde es de octubre de 1947, a la marina de Empuriabrava (Girona), construida con canales privados artificiales en los años setenta para extranjeros. Ahora estarán en la servidumbre de protección, con lo que no podrán ampliar las casas, pero sí serán propiedad privada.
¿Qué tienen en común? Solo que según la ley actual y la Constitución fueron declarados dominio público tras un extenso expediente de deslinde (el trámite que delimita la zona pública y privada de playa) con informes técnicos. Eso había generado graves problemas sociales y políticos. Medio Ambiente considera que no era razonable que núcleos tan grandes y consolidados estuvieran declarados como dominio público.
Las excepciones se adoptan sin informe técnico ni apenas justificación
Los dueños, muchos de ellos desde hace generaciones, podrán recuperar la propiedad de su vivienda. En un paso intermedio, el terreno será del Estado, que previsiblemente lo adjudicará a los actuales ocupantes por un precio simbólico o lo permutará con el Ayuntamiento.
Los 10 núcleos seleccionados se salvan. El resto tendrá una concesión casi a perpetuidad y sin apenas condiciones, Quienes tenían una casa legalmente construida en la playa antes de la Ley de Costas recibieron en 1988 una concesión de 30 años y en el mejor de los casos de 60 sin pagar canon. Cuando esas caduquen tendrán otros 75 años para usar la casa a cambio de un pequeño canon. La primera concesión equivale al justiprecio de la expropiación y la segunda al uso. En total, las casas podrán llegar a estar sobre la playa hasta 135 años.
El ministerio considera que el planteamiento de la Ley de Costas de ir derribando lo construido a partir de 2018 (cuando empezaban a vencer los 30 años) era demasiado «radical» y había generado «mala imagen de España» en Europa -hay muchos extranjeros afectados y sus embajadas y eurodiputados presionan al Gobierno-. Qué ocurrirá pasados los próximos 75 años es imposible de aventurar. Por lo pronto es una concesión que supera con mucho la vida de una persona y sin apenas restricciones.
Medio Ambiente cambia poco la definición de dominio público marítimo-terrestre y no autoriza la propiedad privada en la costa. Hacer eso habría supuesto un embrollo jurídico de dimensiones impensables y además habría obligado a reiniciar el trámite de deslinde, que ha tardado casi 25 años en estar al 95%. El Gobierno no tenía dinero para volver a deslindar la costa y espera que con los cambios introducidos (exclusión de algunas dunas fósiles) sirvan la mayoría de los trabajos realizados.
La norma puede generar un agravio con quienes ya han perdido su vivienda por la aplicación de la Ley de Costas, gente a la que se le expropió la concesión por muy poco dinero. El Gobierno considera que estos no tienen ninguna posibilidad de recurrir con éxito. Se les aplicó la ley vigente en su momento y remite a quien pagó por una donación antes de que se quitara el impuesto.
Puede que la reforma sea jurídicamente discutible. No solo por las excepciones sino por la parte que otorga al Estado la posibilidad de suspender planes municipales que afecten a la costa. Incluso puede que de llegar al Constitucional el Gobierno pasase un mal rato defendiendo su reforma. Pero no es sencillo que algún partido político recurra la norma, dado lo impopular que sería defender que barrios enteros pasen a dominio público. La realidad se ha impuesto.
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Entonces lo que esta nueva Ley propone es mantener algunas de las edificaciones en lugares determinados y además rebajar el límite de protección del litoral en otros tantos. Es decir, no sólo no remedia algunos excesos cometidos durante el auge urbanístico de los últimos años para que no vuelvan a darse en un futuro, sino que además en algunos casos empeora el estado existente y crea situaciones injustas sin aparente argumento.