Juan Carlos García de los Reyes

 Blog de Juan Carlos García de los Reyes

Artículo 11

  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito
Palacio de Carlos V. Granada.Fuente: Iaph.es
Palacio de Carlos V. Granada. Fuente: Iaph.es

 

 


Comentarios

Una respuesta a «ARQUIDERECHOS HUMANOS (11)»

La Ciudad Comprometida

 Blog de Juan Carlos García de los Reyes

© Corporación de Medios de Andalucía, S.A. Calle Huelva 2, Polígono de ASEGRA 18210 Peligros (Granada)