ARQUIDERECHOS HUMANOS (14)

Artículo 14

  1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Edificio de los Sindicados. Granada. Fuente: iaph.es
Edificio de los Sindicados. Granada. Fuente: iaph.es

 

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