Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
3 Comentarios
Me parece que comentado en » Arquiderechos Humanos 25 » lo que correspondía al siguiente , el 26. Perdón por el despiste; debe ser la edad. Por cierto:¿ Dónde está la escuela de magisterio de Granada?
Está junto a Joaquín Eguaras, al otro lado del ferial
Me parece que comentado en » Arquiderechos Humanos 25 » lo que correspondía al siguiente , el 26. Perdón por el despiste; debe ser la edad. Por cierto:¿ Dónde está la escuela de magisterio de Granada?
Está junto a Joaquín Eguaras, al otro lado del ferial