Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
![Estación de autobuses de Granada. Fuente iaph.es](http://granadablogs.com/gr-arquitectos/files/2013/08/bus_iaph.jpg)